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El Supremo falla contra Zara y reconoce que los trabajadores en baja médica tienen derecho al bonus colectivo

Estar “de baja” ya no será impedimento para el cobro de la retribución variable por objetivos

Por Luis Ferrer Abogado – www.luisferrer.abogado

Introducción

El Tribunal Supremo ha emitido una sentencia de gran relevancia laboral: los trabajadores en situación de baja médica tienen derecho a percibir el bonus colectivo vinculado a objetivos empresariales, siempre que estos se hayan alcanzado. La sentencia, dictada contra Zara (Grupo Inditex), marca un antes y un después en la interpretación de la retribución variable en el ámbito de las relaciones laborales.

Antecedentes del Caso

El conflicto surgió cuando la empresa excluyó del cobro del bonus anual por objetivos a trabajadores que habían estado en situación de incapacidad temporal, a pesar de que el resto del equipo sí recibió esa retribución por haberse cumplido los objetivos colectivos establecidos. La compañía alegaba que al no haber estado activamente prestando servicios durante parte del ejercicio, no les correspondía el incentivo.

El Fallo del Supremo

El Tribunal Supremo ha desestimado esta argumentación, afirmando que la exclusión de los trabajadores en baja médica vulnera el principio de igualdad y no discriminación. La sentencia sostiene que si la retribución variable está vinculada a resultados colectivos y no a la productividad individual, no es legítimo dejar fuera a quienes no han trabajado por causa justificada, como una incapacidad temporal derivada de enfermedad o accidente.

Según el Supremo, «la baja médica no puede interpretarse como una falta de compromiso ni como una ausencia voluntaria del trabajo», y por tanto, no puede ser motivo para privar al trabajador de un incentivo que depende del desempeño del conjunto del equipo o centro de trabajo.

Implicaciones Laborales

Este fallo tiene amplias repercusiones prácticas:

  • Reconoce el derecho a la igualdad retributiva en supuestos de incapacidad temporal.
  • Refuerza la seguridad jurídica de los incentivos colectivos, al aclarar que deben aplicarse sin exclusiones arbitrarias.
  • Fomenta una visión de corresponsabilidad colectiva, en la que todos los miembros del equipo, incluso en ausencia involuntaria, participan de los logros comunes.

Posición del Tribunal y Fundamento Jurídico

La sentencia se apoya en el artículo 14 de la Constitución Española, que consagra el derecho a la igualdad, y en los principios del Estatuto de los Trabajadores sobre la no discriminación salarial por razones ajenas al rendimiento profesional. Además, recuerda que la retribución variable debe estar claramente definida y no puede aplicarse de forma discrecional.

Conclusión

La decisión del Tribunal Supremo en este caso refuerza los derechos de los trabajadores frente a prácticas empresariales que penalizan situaciones de vulnerabilidad, como una baja médica. Desde Luis Ferrer Abogado celebramos esta sentencia, que reconoce el valor del trabajo colectivo y protege a quienes, por razones médicas justificadas, no pudieron estar presentes pero sí contribuyeron al éxito común.

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