Una sentencia del Tribunal Supremo modula una sanción impuesta por el Ministerio de Defensa, reafirmando que incluso en casos graves, el principio de proporcionalidad debe guiar la respuesta disciplinaria.
Por Luis Ferrer Abogado – www.luisferrer.abogado
Introducción
La Sala de lo Militar del Tribunal Supremo ha dado un giro significativo en un caso de máxima sensibilidad: revocó la expulsión del Ejército impuesta a un brigada por un delito de lesiones en el ámbito de violencia de género. En lugar de apartarlo de forma definitiva, la sanción fue reducida a una suspensión de empleo y sueldo por un año Confilegal+1.
El caso bajo lupa
- El brigada fue condenado por agredir y arrastrar por el suelo a su esposa durante una discusión mientras tramitaban su divorcio Confilegal+1.
- La ministra de Defensa, Margarita Robles, sancionó el acto como una falta muy grave, sin retorno posible Confilegal+1.
- El Tribunal Supremo, sin poner en duda la comisión del delito, señaló que los tribunales ordinarios habían reconocido una atenuante por reparación del daño, y calificó el comportamiento como “puntual” más que sistemático Confilegal+1.
¿Por qué se moduló la sanción?
La Sala subrayó que el artículo 8.14 de la Ley Orgánica 8/2014 permite sancionar con separación del servicio por graves delitos dolosos, pero no exige la expulsión automática. Es suficiente que se afecte la dignidad militar, la integración institucional o la imagen pública. Al no compararse con circunstancias repetidas o de especial gravedad, la expulsión resultó desproporcionada Confilegal+1.
Implicaciones prácticas
- Para la administración militar: las sanciones graves deben estar respaldadas por una valoración proporcional del caso concreto, no por automatismos.
- Para los militares sancionados: ofrece una vía de defensa eficaz ante decisiones disciplinarias desmedidas.
- En derecho disciplinario: refuerza la idea de que la dignidad institucional no excluye la consideración de atenuantes y el principio de oportunidad justo.
Conclusión
El Supremo envía un mensaje claro: la disciplina militar y el decoro institucional deben protegerse, pero sin sacrificar la justicia individual. La sanción del brigada fue modulada no por desconocer su actuación, sino por reequilibrar el castigo con las circunstancias concretas.
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