La sentencia confirma la idoneidad de los catedráticos y docentes universitarios en Derecho para emitir dictámenes periciales en materias jurídicas dentro de expedientes notariales
Por Luis Ferrer Abogado – www.luisferrer.abogado
Introducción
En una reciente sentencia, el Tribunal Supremo ha validado expresamente la posibilidad de que profesores universitarios de Derecho Civil actúen como peritos en procedimientos notariales, especialmente cuando se requiere la emisión de informes técnicos sobre cuestiones de interpretación jurídica o valoración de la capacidad, entre otras.
Este fallo clarifica una cuestión que había generado controversia doctrinal y práctica: ¿puede un profesor de Derecho emitir dictámenes periciales en un expediente tramitado ante notario? La respuesta del Supremo es clara y afirmativa, siempre que el dictamen se refiera a conocimientos especializados y no sustituya la función calificadora del notario.
1️⃣ El origen del debate
El debate surgía de la aparente exclusión de los juristas doctrinales del elenco tradicional de peritos judiciales, al entenderse que las cuestiones de Derecho no deben ser objeto de pericia, por estar sometidas a la valoración judicial o notarial directa.
Sin embargo, en la práctica, los notarios recurren con frecuencia a expertos en Derecho Civil cuando necesitan informes sobre:
- Capacidad natural de obrar en actos de disposición.
- Interpretación jurídica de cláusulas contractuales complejas.
- Análisis del Derecho extranjero aplicable en una escritura pública.
2️⃣ Criterio del Tribunal Supremo: especialización técnica válida como pericia
El Supremo, alineado con la doctrina moderna, reconoce que los conocimientos técnico-jurídicos especializados pueden ser objeto de dictamen pericial, siempre que no se trate de una simple opinión legal.
✅ Un catedrático de Derecho Civil posee un conocimiento técnico y especializado que supera la media del operador jurídico medio, lo que legitima su intervención como perito en expedientes donde el notario requiere apoyo en materias concretas.
📌 El tribunal distingue entre el ejercicio de la función jurisdiccional (que compete al juez o notario) y la aportación experta en la valoración o interpretación de hechos jurídicos complejos, lo cual sí puede ser objeto de dictamen pericial.
3️⃣ Aplicación en procedimientos notariales: utilidad y límites
Los expedientes tramitados ante notario (como los de declaración de herederos, jurisdicción voluntaria, capacidad, etc.) pueden requerir el apoyo de expertos externos. Esta sentencia:
- Refuerza la seguridad jurídica del uso de dictámenes emitidos por profesores de Derecho.
- Evita impugnaciones infundadas por falta de legitimidad del perito.
- Establece el criterio de que la pericia jurídica es válida si versa sobre cuestiones técnicas concretas, y no sobre la interpretación general del Derecho.
4️⃣ Repercusión práctica: mayor colaboración entre notarios y academia
Esta doctrina fomenta una colaboración legítima entre el mundo académico y el notariado, permitiendo que la experiencia y especialización doctrinal de profesores universitarios aporte valor añadido en procedimientos complejos, sin invadir competencias.
También ofrece a las partes que intervienen en un procedimiento notarial una vía válida para aportar pruebas técnicas o jurídicas de calidad, reforzando así la defensa de sus intereses.
Conclusión
La decisión del Tribunal Supremo de permitir la actuación como peritos de profesores de Derecho Civil en procedimientos notariales abre la puerta a una mayor profesionalización del expediente notarial y a la utilización racional y válida del conocimiento experto en materias jurídicas complejas.
Desde Luis Ferrer Abogado, valoramos este avance como una herramienta útil para garantizar seguridad jurídica y rigor técnico en el entorno extrajudicial, y defendemos el uso de pericias jurídicas cualificadas en procedimientos civiles y notariales.
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