El Tribunal Supremo unifica doctrina: Deben admitirse las demandas sin acreditación de abogado o graduado social

ARTICULO OPINION

En una reciente sentencia de gran relevancia, el Tribunal Supremo de España ha establecido un criterio doctrinal unificado respecto a la admisión de demandas sin la necesidad de que estas vengan acompañadas de la acreditación de abogado o graduado social. Este fallo representa un cambio significativo en el proceso de presentación de demandas y tiene implicaciones importantes para el acceso a la justicia.

Contexto y Antecedentes

Tradicionalmente, la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) en España ha requerido que las demandas presentadas ante los tribunales deban estar respaldadas por la acreditación de un abogado o un graduado social, especialmente en materia laboral y de seguridad social. Esta exigencia busca garantizar que las demandas sean formuladas correctamente y que los litigantes estén debidamente representados por profesionales con conocimientos jurídicos adecuados.

No obstante, esta misma exigencia ha sido objeto de críticas, ya que puede constituir una barrera para el acceso a la justicia, especialmente para aquellos individuos que no pueden permitirse los honorarios de un abogado o graduado social. En respuesta a esta preocupación, se han planteado varias iniciativas para flexibilizar esta normativa y facilitar una mayor accesibilidad al sistema judicial.

El Fallo del Tribunal Supremo

En su fallo, el Tribunal Supremo ha dictaminado que las demandas deben ser admitidas a trámite incluso si no están acompañadas por la acreditación de abogado o graduado social. Esta decisión se fundamenta en los principios constitucionales de acceso a la justicia y tutela judicial efectiva recogidos en el artículo 24 de la Constitución Española. El tribunal argumenta que el derecho fundamental de los ciudadanos a acceder a los tribunales no debe verse obstaculizado por requisitos formales que puedan resultar excesivamente restrictivos.

El Supremo subraya que, aunque la representación técnica es altamente recomendable y beneficiosa para el adecuado desarrollo del proceso judicial, su ausencia no debe ser un impedimento absoluto para que los ciudadanos puedan presentar sus demandas. Este criterio es especialmente relevante en casos donde la urgencia o la naturaleza del conflicto requieran una rápida intervención judicial.

Implicaciones y Consideraciones

Este fallo tiene varias implicaciones prácticas y jurídicas. En primer lugar, se espera que facilite el acceso a la justicia para personas con recursos limitados, permitiéndoles iniciar procesos judiciales sin la carga inicial de contratar un abogado o graduado social. Esto es particularmente significativo en casos de despidos laborales, reclamaciones de cantidades y otros conflictos laborales donde los trabajadores pueden enfrentar dificultades económicas.

En segundo lugar, la decisión del Tribunal Supremo plantea nuevos retos para el sistema judicial. Los juzgados deberán gestionar un mayor número de demandas presentadas sin representación técnica, lo que podría incrementar la carga de trabajo y la necesidad de realizar una evaluación más cuidadosa de las demandas para asegurar que cumplan con los requisitos mínimos de procedibilidad.

Además, este fallo también puede generar un aumento en la demanda de servicios de orientación y asesoramiento jurídico gratuito, proporcionados por colegios de abogados, sindicatos y organizaciones no gubernamentales, para asistir a los ciudadanos que opten por presentar sus demandas sin representación técnica.

Conclusión

La unificación de doctrina por parte del Tribunal Supremo respecto a la admisión de demandas sin acreditación de abogado o graduado social representa un avance significativo hacia la democratización del acceso a la justicia en España. Si bien esta medida no elimina la importancia de la representación técnica en los procesos judiciales, reconoce la necesidad de flexibilizar los requisitos formales para garantizar que todos los ciudadanos, independientemente de sus recursos económicos, puedan acceder a los tribunales y ejercer su derecho a la tutela judicial efectiva.

Este cambio doctrinal refleja un compromiso con los principios constitucionales y con la adaptación del sistema judicial a las realidades y necesidades de la sociedad contemporánea, abriendo la puerta a una justicia más accesible e inclusiva.

Luis Ferrer. Abogado