El TSJ de Canarias confirma las condenas por estafa a un falso médico que ofrecía gestación subrogada

Una pareja fue engañada para viajar a Kaliningrado con la promesa de un procedimiento de maternidad subrogada que nunca existió

Por Luis Ferrer Abogado – www.luisferrer.abogado


Introducción

La gestación subrogada, práctica no regulada en España y prohibida en su modalidad lucrativa, ha generado numerosos conflictos jurídicos. En un reciente caso, el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha confirmado las condenas de estafa agravada impuestas a un individuo que se hacía pasar por médico especializado en procesos de maternidad subrogada internacional.

Este artículo analiza los hechos, las bases jurídicas de la condena y las implicaciones de acudir a este tipo de prácticas fuera del marco legal español.


1️⃣ Los hechos: promesa falsa de gestación subrogada en el extranjero

Una pareja fue contactada por el condenado, quien les ofreció supuestos servicios de gestación subrogada en Kaliningrado (Rusia). Bajo esta promesa:

  • La pareja realizó un viaje internacional para donar una muestra de semen.
  • Se les aseguró que el procedimiento con madre gestante estaba en curso y garantizado.
  • Tras varios meses de espera y sin evidencia de embarazo, la pareja descubrió que nunca existió tal proceso.

📌 El condenado no era médico ni tenía contactos reales con clínicas extranjeras especializadas.


2️⃣ El delito de estafa agravada: elementos jurídicos

El Código Penal español tipifica la estafa en el artículo 248, castigándola cuando:

  • Se utiliza engaño bastante para provocar un error en la víctima.
  • A consecuencia del error, la víctima realiza un acto de disposición patrimonial en perjuicio propio o ajeno.

La agravación de la pena ocurre, entre otros casos, cuando:

  • El perjuicio económico es elevado.
  • Se abusa de la confianza personal o de la especial vulnerabilidad de la víctima.

En este caso, el engaño afectó a personas en una situación de vulnerabilidad emocional, amplificando la gravedad del delito.


3️⃣ La confirmación de la condena por el TSJ de Canarias

El TSJ de Canarias, en su sentencia, ha confirmado:

  • La existencia de un engaño inicial suficientemente probado.
  • El nexo causal entre el engaño y el desplazamiento patrimonial sufrido por la pareja (gastos de viaje, pagos al falso intermediario, etc.).
  • La culpabilidad del condenado, quien actuó dolosamente con el propósito de enriquecerse.

📌 Resultado: condena a pena de prisión, multa económica y obligación de indemnizar a las víctimas.


4️⃣ Consideraciones sobre la gestación subrogada en el marco jurídico español

Actualmente en España:

  • La gestación por sustitución está prohibida (artículo 10 de la Ley 14/2006 sobre Técnicas de Reproducción Humana Asistida).
  • Los contratos de gestación subrogada son nulos de pleno derecho, aunque realizados en el extranjero.
  • Solo se permite el reconocimiento de la filiación en determinados supuestos excepcionales, regulados por la jurisprudencia del Tribunal Supremo y Directivas Europeas sobre derechos del menor.

🔎 Cualquier oferta de «gestación subrogada garantizada» en países con regulación débil o inexistente debe ser analizada con extremo rigor jurídico para evitar caer en fraudes.


Conclusión

El caso resuelto por el TSJ de Canarias pone de relieve los graves riesgos jurídicos y económicos que supone acudir a intermediarios no oficiales para procesos de maternidad subrogada internacional.
El marco legal español no solo no ampara estos contratos, sino que protege a las víctimas de estos fraudes mediante la tipificación penal de la estafa agravada.

Desde Luis Ferrer Abogado, ofrecemos asesoramiento especializado en materia penal, protección de consumidores, y en los aspectos jurídicos de la reproducción asistida en contextos internacionales.

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