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El TSJ de Castilla y León reconoce como accidente laboral el siniestro en patinete eléctrico de un trabajador

Aunque se produjo una infracción de tráfico, el tribunal confirma la calificación de accidente “in itinere”

Por Luis Ferrer Abogado – www.luisferrer.abogado

Introducción

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha dictado una relevante sentencia en materia de prevención y seguridad laboral, reconociendo como accidente de trabajo in itinere el siniestro sufrido por un trabajador que circulaba en patinete eléctrico por una vía interurbana.

A pesar de que el trabajador incurrió en una infracción de tráfico, el tribunal considera que dicha conducta no fue lo suficientemente grave como para romper el nexo causal entre el desplazamiento y la relación laboral.

Los Hechos

El trabajador se desplazaba en patinete eléctrico desde su domicilio hasta su lugar de trabajo, circulando por una vía interurbana donde este tipo de vehículos no tienen autorización expresa para transitar. Durante el trayecto sufrió un accidente con consecuencias lesivas.

La mutua y la empresa cuestionaron la calificación del siniestro como accidente laboral, alegando la imprudencia del trabajador y la ilegalidad de la vía empleada.

Fundamentos Jurídicos

El TSJ de Castilla y León razona que:

  • El accidente ocurrió en un trayecto directamente vinculado al trabajo, cumpliéndose los requisitos del artículo 156 de la Ley General de la Seguridad Social.
  • La utilización del patinete eléctrico, aun infringiendo la normativa de tráfico, no puede calificarse como conducta temeraria que rompa la consideración de accidente laboral.
  • Solo una imprudencia grave o dolosa del trabajador podría excluir la calificación, lo que no sucede en este caso.

Relevancia de la Sentencia

Este fallo amplía la interpretación del concepto de accidente in itinere, adaptándolo a los nuevos medios de movilidad urbana, como los patinetes eléctricos, cada vez más utilizados por los trabajadores en sus desplazamientos cotidianos.

El criterio jurisprudencial destaca que la infracción administrativa de tráfico no siempre equivale a una pérdida de protección social en materia laboral.

Conclusión

La sentencia del TSJ de Castilla y León refuerza la protección de los trabajadores frente a accidentes de tráfico en sus desplazamientos laborales, reconociendo la evolución de la movilidad y la necesidad de adaptar el derecho laboral a nuevas realidades sociales.

En Luis Ferrer Abogado defendemos los derechos de los trabajadores frente a mutuas y aseguradoras, garantizando que no se vean desprotegidos en situaciones de vulnerabilidad derivadas de sus desplazamientos al trabajo.

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