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El TSJ de Murcia anula la decisión de la Armada de no renovar a un marinero por consumir testosterona

La Justicia concluye que la declaración de «no apto» carecía de motivación suficiente y recuerda que toda decisión administrativa debe apoyarse en pruebas objetivas

Por Luis Ferrer Abogado – www.luisferrer.abogado

Introducción

El acceso y la permanencia en las Fuerzas Armadas están sujetos al cumplimiento de exigentes requisitos físicos, psicológicos y médicos. No obstante, ello no significa que la Administración pueda excluir o cesar a un militar sin justificar adecuadamente las razones que sustentan su decisión.

Una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Murcia ha reforzado este principio al revocar la negativa de la Armada a renovar el compromiso de un marinero que había sido declarado «no apto» por consumir testosterona.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo considera que la resolución administrativa carecía de la motivación exigida por la ley, ya que no se acreditó que dicho consumo hubiera provocado alteraciones de conducta, limitaciones físicas o cualquier otra circunstancia que impidiera al militar desempeñar correctamente sus funciones.

La sentencia constituye un importante recordatorio de que las decisiones que afectan a la carrera profesional de un empleado público deben apoyarse en datos objetivos y suficientemente motivados, especialmente cuando restringen derechos o impiden la continuidad en el servicio.


Los hechos

El caso tiene su origen en la decisión de la Armada de no renovar el compromiso profesional de un marinero tras ser declarado «no apto» en el correspondiente reconocimiento médico.

La Administración fundamentó su decisión en el consumo de testosterona por parte del militar, circunstancia que sirvió de base para considerar que no reunía las condiciones necesarias para continuar prestando servicio.

El afectado recurrió la resolución al entender que la decisión carecía de una justificación suficiente y que no existían razones médicas objetivas que avalaran su exclusión.

La controversia terminó siendo resuelta por el Tribunal Superior de Justicia de Murcia.


La cuestión jurídica

La principal cuestión que debía resolver el tribunal era la siguiente:

¿Puede la Administración declarar «no apto» a un militar únicamente por el consumo de testosterona sin acreditar que dicha circunstancia afecta realmente a su capacidad para el servicio?

La respuesta del TSJ fue negativa.


La obligación de motivar las decisiones administrativas

Uno de los aspectos más relevantes de la sentencia es la importancia que concede al deber de motivación de los actos administrativos.

Toda resolución que limite derechos o perjudique la situación jurídica de un ciudadano debe explicar de forma clara:

  • los hechos en los que se basa;
  • las pruebas que los acreditan;
  • y las razones jurídicas que justifican la decisión.

La motivación no constituye un mero trámite formal.

Es una garantía esencial que permite al afectado conocer por qué se adopta una determinada decisión y posibilita que los tribunales puedan controlar su legalidad.


El consumo de testosterona no basta por sí solo

La sentencia deja claro que el simple consumo de testosterona no justifica automáticamente la declaración de «no apto».

Para adoptar una decisión de esa trascendencia era necesario demostrar que dicha circunstancia producía consecuencias concretas incompatibles con el ejercicio de las funciones militares.

Sin embargo, la Sala observa que la Administración no acreditó que el marinero presentara:

  • alteraciones de conducta;
  • problemas psicológicos;
  • limitaciones físicas;
  • disminución de sus capacidades profesionales;
  • o cualquier otra circunstancia que comprometiera el servicio.

La importancia de la prueba

El tribunal insiste en que las decisiones administrativas deben apoyarse en pruebas objetivas y suficientes.

No basta con formular apreciaciones genéricas o invocar de manera abstracta determinados riesgos.

Cuando una resolución afecta a la continuidad profesional de una persona, resulta imprescindible acreditar de forma individualizada las circunstancias que justifican esa decisión.

En este caso, la Administración no logró demostrar que el consumo de testosterona hubiera tenido una incidencia real sobre la aptitud del militar.


El control judicial de la discrecionalidad técnica

Los reconocimientos médicos y las valoraciones de aptitud suelen incorporar elementos de carácter técnico.

Sin embargo, la sentencia recuerda que la denominada discrecionalidad técnica de la Administración no excluye el control por parte de los tribunales.

Los jueces no sustituyen el criterio médico, pero sí pueden comprobar si:

  • la decisión está suficientemente motivada;
  • se apoya en pruebas objetivas;
  • respeta el procedimiento legal;
  • y resulta razonable y proporcionada.

Cuando estos requisitos no concurren, la resolución administrativa puede ser anulada.


Seguridad jurídica para los militares

La resolución tiene especial relevancia para los miembros de las Fuerzas Armadas y de otros cuerpos sometidos a controles médicos periódicos.

El tribunal recuerda que las evaluaciones de aptitud deben realizarse con criterios objetivos, individualizados y debidamente motivados.

La existencia de un tratamiento médico o el consumo de determinados medicamentos no permite, por sí sola, concluir que una persona resulta incapaz para el servicio.

Cada caso debe analizarse atendiendo a sus circunstancias concretas y a la repercusión real que esas circunstancias tienen sobre el desempeño profesional.


La motivación como garantía frente a la arbitrariedad

Uno de los mensajes más importantes de la sentencia es que la motivación constituye una garantía frente a posibles decisiones arbitrarias.

Cuando la Administración explica adecuadamente las razones de su actuación, facilita el ejercicio del derecho de defensa y permite el control judicial de su actuación.

Por el contrario, una resolución insuficientemente motivada puede ser anulada, aunque la Administración actuara dentro de un ámbito de valoración técnica.


Reflexión jurídica

De esta sentencia pueden extraerse varias conclusiones relevantes:

  • La Administración debe motivar suficientemente cualquier decisión que afecte a la continuidad profesional de un militar.
  • El consumo de testosterona no determina automáticamente la falta de aptitud para el servicio.
  • La declaración de «no apto» requiere pruebas objetivas que acrediten la existencia de limitaciones reales.
  • La discrecionalidad técnica no impide el control judicial de la actuación administrativa.
  • La motivación adecuada constituye una garantía esencial frente a decisiones arbitrarias.

Conclusión

La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Murcia refuerza las garantías de los miembros de las Fuerzas Armadas frente a decisiones administrativas que puedan afectar a su carrera profesional.

El tribunal recuerda que la Administración no puede fundamentar una declaración de «no apto» en meras afirmaciones genéricas o en la simple existencia de un tratamiento médico, sino que debe demostrar de forma objetiva que esa circunstancia compromete realmente la capacidad para prestar servicio.

En definitiva, la resolución pone de manifiesto que el principio de motivación y el control judicial continúan siendo pilares esenciales del Estado de Derecho, también en el ámbito militar.

Si necesita asesoramiento sobre Derecho Militar, recursos contencioso-administrativos, procedimientos de aptitud psicofísica, acceso o permanencia en las Fuerzas Armadas o defensa frente a resoluciones administrativas, puede contactar con Luis Ferrer Abogado en:

www.luisferrer.abogado