El TSJ de Navarra reconoce el subsidio de desempleo a empleadas del hogar mayores de 52 años sin 6 años de cotización

La Sala de lo Social ordena computar los periodos anteriores en el Régimen Especial de Empleados de Hogar

Por Luis Ferrer Abogado – www.luisferrer.abogado

Introducción

El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJ Navarra) ha dictado una sentencia que podría marcar un antes y un después en el reconocimiento de derechos laborales de las empleadas del hogar mayores de 52 años.

En este fallo, la Sala de lo Social ha concedido el subsidio de desempleo a una trabajadora del hogar a pesar de no acreditar los 6 años de cotización exigidos en el Régimen General, argumentando que deben computarse los periodos cotizados en el antiguo Régimen Especial de Empleados de Hogar.

La sentencia se fundamenta en la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que en febrero de 2022 declaró contraria al derecho comunitario la normativa española que excluía a los trabajadores del hogar de las prestaciones por desempleo.


El caso analizado

🔹 La demandante, empleada del hogar de más de 52 años, solicitó el subsidio de desempleo tras quedar en situación de paro.

🔹 El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) denegó su solicitud, argumentando que no reunía los 6 años de cotización requeridos en el Régimen General para acceder al subsidio.

🔹 La trabajadora recurrió, alegando que sus cotizaciones en el Régimen Especial de Empleados de Hogar debían ser computadas a efectos del subsidio.

🔹 El TSJ de Navarra le dio la razón, considerando que la normativa que excluía a este colectivo era discriminatoria y contraria al derecho de la UE.

🔹 El tribunal ordenó reconocer el subsidio de desempleo a la trabajadora, computando los periodos cotizados en el Régimen Especial.


Fundamentos Jurídicos de la Sentencia

1️⃣ Aplicación de la doctrina del TJUE sobre la discriminación de los empleados del hogar

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en su sentencia de febrero de 2022, declaró incompatible con el derecho comunitario la exclusión de los empleados del hogar de la protección por desempleo en España.

✔️ El TJUE consideró que esta exclusión vulneraba el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres, ya que el 95% del sector está compuesto por mujeres.
✔️ También afirmó que no existía una justificación objetiva para privar a este colectivo de prestaciones por desempleo.

📌 Conclusión: El TSJ de Navarra aplica esta doctrina para corregir la discriminación histórica de las empleadas del hogar en España.


2️⃣ Interpretación flexible del requisito de cotización para el subsidio

El artículo 274.4 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS) exige 6 años de cotización en el Régimen General para acceder al subsidio de desempleo para mayores de 52 años.

El TSJ de Navarra considera que esta interpretación debe ampliarse para incluir los periodos cotizados en el Régimen Especial de Empleados de Hogar antes de su integración en el Régimen General.

✔️ Las cotizaciones en el Régimen Especial eran obligatorias y computaban a efectos de jubilación.
✔️ Excluirlas para el subsidio de desempleo supondría una nueva discriminación contra este colectivo.

📌 Conclusión: El TSJ reconoce que las cotizaciones en el Régimen Especial deben ser tenidas en cuenta para evitar la exclusión de las empleadas del hogar del sistema de protección social.


3️⃣ Principio de igualdad y no discriminación en la protección social

El TSJ de Navarra recuerda que el derecho a la igualdad y a la no discriminación está reconocido en:

✔️ El artículo 14 de la Constitución Española (prohibición de discriminación por razón de sexo).
✔️ El artículo 21 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE.
✔️ La Directiva 79/7/CEE sobre igualdad de trato entre hombres y mujeres en seguridad social.

📌 Conclusión: El tribunal sostiene que excluir a las empleadas del hogar del subsidio de desempleo sin contar sus cotizaciones previas vulnera los principios de igualdad y protección social.


Impacto de la Sentencia y Consecuencias Jurídicas

Supone un paso más en la equiparación de derechos de las empleadas del hogar con el resto de trabajadores.
Podría abrir la puerta a más reclamaciones para el reconocimiento de prestaciones denegadas por no computar las cotizaciones previas en el Régimen Especial.
Presiona al legislador para adaptar la normativa española a la doctrina del TJUE, eliminando barreras en el acceso a la protección social.


Conclusión

El Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha reconocido el subsidio de desempleo a una empleada del hogar mayor de 52 años, ordenando computar sus cotizaciones previas en el Régimen Especial.

Esta sentencia es un nuevo avance en la corrección de la discriminación histórica que han sufrido las empleadas del hogar en España y refuerza la aplicación de la doctrina del TJUE sobre igualdad de trato.

Desde Luis Ferrer Abogado, animamos a todas las empleadas del hogar que se encuentren en una situación similar a revisar sus derechos y, si procede, reclamar ante los tribunales.

📍 Para más información y asesoramiento legal, visita www.luisferrer.abogado.