El tribunal rechaza los estereotipos de “víctima ideal” y analiza el caso desde una perspectiva objetiva
Por Luis Ferrer Abogado – www.luisferrer.abogado
Introducción
El Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) ha concedido la pensión de viudedad a una mujer que fue víctima de violencia de género, a pesar de que nunca denunció formalmente a su exmarido.
El fallo subraya que la ausencia de una denuncia previa no puede ser un obstáculo para el reconocimiento de la condición de víctima, siempre que existan otros medios de prueba que acrediten la situación de violencia sufrida.
Esta sentencia supone un avance en la protección de las víctimas de violencia de género, al rechazar la idea de que las mujeres deben ajustarse a un estereotipo de “víctima ideal” para acceder a sus derechos.
1️⃣ ¿Por qué el TSXG concede la pensión de viudedad sin denuncia previa?
🔹 La mujer solicitó la pensión de viudedad tras el fallecimiento de su exmarido, con quien estuvo casada durante años antes de divorciarse.
🔹 Su solicitud fue denegada en primera instancia porque no constaban denuncias previas ni una orden de protección.
🔹 Sin embargo, la mujer presentó otros medios de prueba, como:
✔️ Testimonios de familiares y allegados que acreditaban el maltrato.
✔️ Informes médicos que reflejaban lesiones compatibles con violencia doméstica.
✔️ Certificados de asistencia a servicios de apoyo a víctimas.
🔹 El TSXG concluyó que la ausencia de denuncia previa no impide reconocer la condición de víctima, siempre que haya elementos suficientes para acreditar la violencia sufrida.
📌 Conclusión: El tribunal reconoce que muchas mujeres no denuncian por miedo o dependencia económica, y no se les puede negar la protección legal por ello.
2️⃣ La importancia de superar el estereotipo de “víctima ideal”
El TSXG ha advertido que no se puede exigir a las mujeres maltratadas que cumplan un modelo de conducta idealizado, basado en la obligación de:
✔️ Denunciar a su agresor de inmediato.
✔️ Solicitar una orden de protección judicial.
✔️ Seguir un protocolo estándar de actuación como víctima.
En su sentencia, el tribunal señala que es necesario analizar cada caso de manera individualizada, verificando si la falta de denuncia:
🔹 Fue razonable y justificada por su situación de miedo o dependencia.
🔹 No impide acreditar la existencia de violencia de género por otros medios.
📌 Conclusión: La justicia debe adaptarse a la realidad de las víctimas y no imponerles barreras que dificulten su acceso a derechos como la pensión de viudedad.
3️⃣ ¿Qué dice la ley sobre la pensión de viudedad en casos de violencia de género?
El acceso a la pensión de viudedad en casos de divorcio está regulado en:
✔️ Artículo 220 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS): Establece que, en caso de divorcio, la pensión de viudedad solo se reconoce si la mujer percibía pensión compensatoria, salvo que se acredite que fue víctima de violencia de género.
✔️ Ley Orgánica 1/2004 de Violencia de Género: Protege a las mujeres frente a la violencia machista y permite reconocer su condición de víctima aunque no haya denuncia previa.
📌 Conclusión: El TSXG aplica una interpretación garantista de la ley, dando prioridad a la protección de las víctimas.
4️⃣ Consecuencias de la sentencia
✅ Facilita el acceso a la pensión de viudedad para mujeres que fueron víctimas de violencia de género, aunque no denunciaran en su momento.
✅ Reafirma que la falta de denuncia no debe ser un obstáculo insalvable para el reconocimiento de derechos.
✅ Sienta un precedente para otros casos en los que la violencia puede acreditarse por otros medios.
Conclusión
El fallo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia representa un avance en la protección de las víctimas de violencia de género, al confirmar que la ausencia de denuncia previa no puede ser una barrera absoluta para acceder a la pensión de viudedad.
Este criterio refuerza la idea de que la justicia debe adaptarse a la realidad de las víctimas y no exigirles que se ajusten a un modelo idealizado de conducta, especialmente cuando el miedo y la vulnerabilidad juegan un papel clave en su decisión de no denunciar.
Desde Luis Ferrer Abogado, recomendamos a las mujeres que hayan sido víctimas de violencia de género y necesiten reclamar sus derechos que busquen asesoramiento legal especializado, ya que existen vías para acreditar la violencia sufrida sin necesidad de haber interpuesto denuncia previa.
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