Por Luis Ferrer Pinar Abogado especialista en Derecho Laboral
La utilización de las nuevas tecnologías en el ámbito laboral ha generado numerosos desafíos en la gestión de las relaciones laborales, especialmente en lo referente al uso de dispositivos móviles y aplicaciones de mensajería instantánea proporcionados por la empresa. Un reciente pronunciamiento judicial aborda esta cuestión, estableciendo importantes criterios sobre los límites del poder disciplinario empresarial en relación con el uso inadecuado de estas herramientas.
La importancia de establecer protocolos claros
El punto central de esta resolución radica en la ausencia de normativa interna que regulase el uso de los dispositivos móviles corporativos. Si bien la conducta del trabajador fue considerada inadecuada por la Sala, se determinó que la falta de directrices específicas por parte de la empresa impedía calificar dicha conducta como merecedora de la máxima sanción disciplinaria.
Esta decisión encuentra respaldo en el artículo 20 del Estatuto de los Trabajadores, que establece el marco general del poder de dirección empresarial. Aunque este precepto faculta al empresario para adoptar medidas de control, estas deben ser previamente comunicadas y establecidas de manera clara.
El principio de proporcionalidad en las sanciones disciplinarias
La sentencia pone de manifiesto la necesidad de aplicar el principio de proporcionalidad en la imposición de sanciones disciplinarias. El despido, como sanción más grave en el ámbito laboral, debe reservarse para aquellos incumplimientos que revistan especial gravedad y culpabilidad, según establece la Disposición final vigesimosexta de la Ley Orgánica 1/2025.
Jurisprudencia relevante sobre el uso de dispositivos corporativos
La jurisprudencia ha venido estableciendo criterios sobre el control empresarial de los medios tecnológicos. Como ejemplo, la sentencia del TSJ de Galicia de 30 de septiembre de 2014 establece que el control del uso de dispositivos corporativos debe realizarse respetando la dignidad del trabajador y bajo parámetros de proporcionalidad.
Recomendaciones para las empresas
- Establecer políticas claras: Es fundamental implementar protocolos específicos sobre el uso de dispositivos y aplicaciones corporativas.
- Comunicación efectiva: Las normas deben ser debidamente comunicadas a todos los empleados.
- Gradación de sanciones: Establecer un sistema de sanciones proporcionado a la gravedad de los incumplimientos.
- Actualización periódica: Revisar y actualizar las políticas para adaptarlas a las nuevas realidades tecnológicas.
Conclusiones
La sentencia marca un importante precedente sobre la necesidad de contar con una regulación interna clara y específica en materia de uso de dispositivos corporativos. Las empresas deben ser proactivas en la implementación de políticas que establezcan los límites y consecuencias del uso inadecuado de estas herramientas, garantizando así la seguridad jurídica tanto para la empresa como para los trabajadores.
La ausencia de estas regulaciones puede limitar significativamente la capacidad de la empresa para imponer sanciones disciplinarias, incluso ante conductas que pudieran considerarse inadecuadas. Por ello, es fundamental que las organizaciones actualicen sus políticas internas para adaptarse a los nuevos retos que plantea la digitalización del entorno laboral.
Artículo publicado en www.luisferrer.abogado