La Audiencia Nacional reconoce a un guardia civil en situación de reserva el derecho a percibir el mismo complemento específico que los agentes en activo. Una sentencia que refuerza el principio de igualdad retributiva.
Por Luis Ferrer Abogado – www.luisferrer.abogado
Introducción
Un fallo reciente de la Audiencia Nacional ha marcado un precedente importante en materia de derechos retributivos del personal en la reserva de la Guardia Civil. La sentencia reconoce que un agente en situación de reserva, pero que sigue desempeñando funciones activas, tiene derecho a percibir el mismo complemento específico singular (CES) que un agente en servicio activo.
Este caso refuerza el principio de igualdad retributiva por igual trabajo o función, incluso en contextos donde el personal pertenece a diferentes situaciones administrativas.
El caso
- Un guardia civil en situación de reserva con destino, es decir, aún en servicio activo aunque en reserva, percibía un complemento específico menor que sus compañeros en activo.
- Alegó que desarrollaba las mismas funciones y responsabilidades que el resto del personal operativo.
- La Administración, sin embargo, le asignaba un CES inferior por su condición administrativa de “reserva”.
- El afectado presentó recurso ante la jurisdicción contencioso-administrativa, y la Audiencia Nacional le ha dado la razón.
Clave jurídica: a igual trabajo, igual salario
La sentencia parte del principio básico de igualdad retributiva, consagrado tanto en la Constitución Española (art. 14) como en normativa europea:
“No puede haber discriminación salarial cuando dos trabajadores desempeñan idénticas funciones con similar responsabilidad, dedicación y horario.”
En este caso, el hecho de estar en reserva no justificaba objetivamente la diferencia salarial, ya que el agente seguía ocupando un destino activo y desarrollando funciones operativas al mismo nivel que sus compañeros en activo.
Argumentos de la Audiencia Nacional
- No se puede retribuir menos a quien desempeña idénticas funciones solo por su clasificación administrativa.
- El sistema retributivo debe basarse en criterios objetivos como el puesto real desempeñado, no en etiquetas formales.
- Se trataba de una diferencia discriminatoria e injustificada, que vulneraba el derecho del agente a la igualdad y a la percepción íntegra del complemento correspondiente.
Efectos de la sentencia
- Reconocimiento del derecho a percibir el mismo CES que los agentes en activo.
- Obligación de la Administración de abonar los atrasos correspondientes.
- Apertura de la puerta a que otros agentes en reserva con destino reclamen el mismo trato económico si se encuentran en una situación similar.
Conclusión
Este fallo de la Audiencia Nacional consolida el criterio de que la reserva activa no puede ser excusa para pagar menos a quien sigue trabajando como un agente más. Se trata de un paso más hacia la dignificación del trabajo en los cuerpos de seguridad y el respeto al principio de igualdad retributiva.
📌 En Luis Ferrer Abogado, defendemos los derechos del personal funcionario y laboral frente a desigualdades, errores administrativos o discriminaciones salariales. Si eres miembro de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y consideras que estás percibiendo menos de lo que te corresponde, podemos ayudarte a reclamar lo que es justo.
Contáctanos en www.luisferrer.abogado