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FOGASA: garantías salariales ante la insolvencia del empresario y claves prácticas del régimen español


Introducción

El Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) es una figura clave del sistema de protección laboral en España. Su finalidad es asegurar el pago de salarios e indemnizaciones a los trabajadores en caso de insolvencia del empresario, ya sea declarada judicialmente o en el marco de un procedimiento concursal. Esta protección deriva tanto del artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores como de la normativa europea y convenios internacionales ratificados por España.


¿Qué cubre FOGASA?

1. Salarios pendientes de pago

El FOGASA abona los salarios reconocidos judicialmente o en actas de conciliación cuando el empresario no puede pagar. Sin embargo, impone límites:

  • Salario diario máximo: el doble del SMI, incluyendo pagas extra.
  • Límite temporal: hasta 120 días de salario.

2. Indemnizaciones laborales

Se cubren indemnizaciones reconocidas por despido, extinción del contrato por causas legales (como traslados o modificaciones sustanciales), extinción en concursos, contratos del hogar familiar, entre otros.

  • Tope salarial diario: el doble del SMI.
  • Tope máximo: una anualidad de salario.
  • En despido improcedente, el cálculo se realiza sobre 30 días por año trabajado, con los citados límites.

3. Extinción por fuerza mayor

En estos casos, FOGASA puede pagar directamente la indemnización, siempre que la autoridad laboral lo acuerde. No se requiere declaración de insolvencia previa. Se aplica un límite de 20 días por año trabajado, hasta una anualidad.


¿Quién financia FOGASA?

Las empresas, tanto públicas como privadas, están obligadas a cotizar un 0,2% sobre la base de cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Esto incluye a empleadores con relaciones laborales especiales como deportistas, personal del hogar o mediadores mercantiles.


Procedimiento para solicitar prestaciones

  1. Iniciativa: puede ser a instancia del trabajador o de oficio por la Administración.
  2. Plazo: un año desde la sentencia, acto de conciliación o resolución administrativa.
  3. Modelo oficial: debe utilizarse el formulario aprobado por resolución del 11 de noviembre de 2020.
  4. Silencio administrativo positivo: si no hay respuesta en tres meses, la solicitud se entiende estimada, dentro de los límites legales.
  5. Impugnación: las resoluciones de FOGASA se pueden recurrir directamente ante la Jurisdicción Social, sin necesidad de reclamación administrativa previa.

Claves prácticas y advertencias

  • FOGASA no cubre indemnizaciones pactadas en convenios colectivos si no están previstas por ley.
  • En contratos a tiempo parcial, los límites se calculan en función del SMI proporcional.
  • La responsabilidad del Fondo es subsidiaria, excepto en casos de fuerza mayor.
  • La subrogación de FOGASA permite reclamar al empresario las cantidades pagadas al trabajador.

Conclusión

El FOGASA es un mecanismo fundamental de protección frente a la insolvencia empresarial, pero su régimen es técnico y limitado. Es crucial que los trabajadores y sus representantes conozcan los requisitos, plazos y topes de cobertura para poder reclamar correctamente sus derechos.

¿Tu empresa ha cerrado o está en concurso y no te ha pagado lo que te debe? ¿Tienes dudas sobre si FOGASA cubre tu caso?

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