El TSJ de Asturias ratifica la incapacidad al considerar que no puede permanecer de pie durante la jornada laboral
Por Luis Ferrer Abogado – www.luisferrer.abogado
Introducción
La incapacidad permanente no depende únicamente de la existencia de una enfermedad, sino de cómo esta afecta al desarrollo de la actividad profesional habitual.
Una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha confirmado la incapacidad de un cocinero con una afección crónica en el tobillo, al considerar que sus limitaciones le impiden desempeñar su trabajo con normalidad.
Los hechos
El caso parte de un trabajador que ejercía como cocinero y que presentaba:
- una patología crónica en el tobillo,
- con limitaciones funcionales relevantes.
Como consecuencia:
- solicitó el reconocimiento de incapacidad,
- alegando que no podía desarrollar su actividad en condiciones normales.
La cuestión jurídica
El debate se centra en una cuestión clave:
¿Cuándo una limitación física justifica el reconocimiento de una incapacidad permanente?
¿Debe valorarse la enfermedad en abstracto o en relación con el trabajo concreto?
El criterio del tribunal
El TSJ de Asturias confirma la incapacidad:
la limitación funcional impide el desarrollo de la profesión habitual
El tribunal tiene en cuenta que:
- la actividad de cocinero exige permanecer de pie durante largos periodos,
- realizar desplazamientos constantes,
- y mantener un ritmo físico elevado.
Importancia de la profesión habitual
Uno de los aspectos clave de la sentencia es este:
la incapacidad debe valorarse en relación con el trabajo concreto del afectado
No basta con analizar la enfermedad de forma general, sino que hay que considerar:
- las exigencias reales del puesto de trabajo,
- y si el trabajador puede cumplirlas con normalidad.
Limitaciones funcionales
En este caso, se acredita que el trabajador:
- no puede permanecer de pie durante largos periodos,
- presenta dolor y limitaciones de movilidad,
- y no puede mantener el ritmo exigido en cocina.
Estas limitaciones resultan incompatibles con su profesión.
Confirmación de la sentencia de instancia
El TSJ respalda el criterio del juzgado:
la valoración inicial ya había tenido en cuenta las limitaciones del trabajador
Se concluye que:
- las dolencias no son meramente leves,
- sino que afectan de forma directa y relevante al desempeño laboral.
Consecuencias jurídicas
Como resultado:
se reconoce la incapacidad para su profesión habitual
Esto implica:
- el derecho a una prestación económica,
- y la imposibilidad de continuar en ese trabajo concreto.
Reflexión jurídica
De esta resolución se desprenden varias conclusiones importantes:
- La incapacidad no depende solo del diagnóstico, sino de su impacto laboral.
- Las exigencias físicas del puesto son determinantes.
- Las profesiones que requieren esfuerzo físico son especialmente sensibles a este tipo de limitaciones.
Conclusión
La sentencia refuerza una idea esencial:
no se trata de si el trabajador puede trabajar en general, sino si puede realizar su trabajo habitual
Cuando las limitaciones físicas impiden cumplir con las exigencias del puesto, procede el reconocimiento de la incapacidad.
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