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Indemnización de 155.000 € por confundir un cáncer hepático con estreñimiento: responsabilidad por error diagnóstico


Introducción

Una reciente sentencia ha reconocido una indemnización de 155.000 euros a los familiares de un paciente fallecido por cáncer hepático, cuyo diagnóstico fue erróneamente interpretado como un simple caso de estreñimiento. El fallo establece la responsabilidad patrimonial de la Administración sanitaria por un error diagnóstico que impidió un tratamiento adecuado a tiempo, vulnerando los derechos del paciente y de sus familiares.


El caso

El paciente acudió en varias ocasiones al centro de salud con síntomas persistentes, como:

  • Dolor abdominal.
  • Alteraciones digestivas.
  • Malestar general.

A pesar de estos signos, que eran compatibles con una afección hepática grave, el cuadro clínico fue erróneamente interpretado como un problema menor de estreñimiento funcional, lo que retrasó de forma decisiva la detección del cáncer hepático que finalmente le causó la muerte.


Fundamento jurídico de la condena

El órgano judicial ha considerado que:

✅ La actuación médica vulneró el deber de diligencia y cuidado exigible a los profesionales sanitarios.
✅ Se produjo un error de diagnóstico grave que retrasó el abordaje clínico del cáncer y redujo de forma crítica las posibilidades de supervivencia.
✅ Se acredita un nexo causal claro entre la deficiente atención sanitaria y el fallecimiento del paciente.

Se declara así la responsabilidad patrimonial de la Administración sanitaria, conforme al artículo 32 de la Ley 40/2015, que establece el derecho a indemnización por daños sufridos como consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos.


Indemnización reconocida

La sentencia fija la indemnización en 155.000 euros, que incluye:

  • El daño moral causado a los familiares.
  • El sufrimiento del paciente.
  • La pérdida de oportunidad terapéutica.

El tribunal no exige que se demuestre con certeza que el tratamiento habría salvado la vida del paciente, sino que bastaba con probar que un diagnóstico correcto habría permitido al menos intentarlo con mayores garantías.


Error diagnóstico y responsabilidad sanitaria

Este caso ilustra uno de los supuestos más complejos en el ámbito del derecho sanitario: la responsabilidad por error diagnóstico, que se produce cuando:

  • No se realizan las pruebas necesarias ante síntomas persistentes o graves.
  • Se banaliza el cuadro clínico sin adoptar una actitud vigilante.
  • Se omite el seguimiento o derivación especializada oportuna.

La jurisprudencia recuerda que el médico no está obligado a curar, pero sí a emplear todos los medios disponibles, con diligencia, para llegar al diagnóstico adecuado y ofrecer un tratamiento eficaz.


Conclusión

La condena a la Administración sanitaria por confundir un cáncer hepático con estreñimiento pone de relieve la importancia de una atención médica rigurosa, sobre todo ante síntomas que podrían estar encubriendo patologías graves. La falta de diligencia en el diagnóstico y seguimiento puede generar responsabilidad patrimonial, incluso en casos donde el resultado final sea la muerte del paciente, si se ha privado a este de una posibilidad real de tratamiento o supervivencia.

En Luis Ferrer Abogado contamos con amplia experiencia en reclamaciones por negligencia médica, responsabilidad sanitaria y errores diagnósticos. Defendemos los derechos de pacientes y familiares cuando se han producido daños evitables por una actuación deficiente del sistema de salud.

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