Introducción
La Audiencia Provincial de Barcelona ha estimado la demanda de una persona que sufrió un accidente de tráfico, reconociendo su derecho a ser indemnizada por el dolor crónico persistente, a pesar de no presentar limitaciones funcionales objetivas. La clave de la sentencia está en el reconocimiento del dolor como daño indemnizable, especialmente cuando se acredita que el accidente ha agravado una patología previa.
El caso
- La demandante sufrió un accidente de circulación.
- A raíz del mismo, comenzó a experimentar dolor persistente, sin que se detectaran limitaciones funcionales medibles o evidentes.
- Tenía una patología previa, que el accidente empeoró de forma significativa.
- La aseguradora alegaba que no debía indemnizarse al no existir secuelas objetivas funcionales.
- Sin embargo, el tribunal sí aprecia nexo causal y reconoce el daño.
Fundamentos de la sentencia
La Audiencia de Barcelona considera que:
✅ El hecho de no tener limitación funcional no excluye la existencia de un perjuicio real, como es el dolor persistente, que puede mermar la calidad de vida.
✅ Existe nexo causal entre el accidente y el agravamiento de la dolencia previa, lo que justifica la responsabilidad indemnizatoria.
✅ El informe pericial aportado acredita la cronificación del dolor tras el siniestro, en una persona que antes mantenía su actividad cotidiana sin las molestias actuales.
✅ La patología previa no elimina la responsabilidad si el accidente fue el desencadenante o agravante.
Principios jurídicos aplicables
El tribunal aplica la doctrina del:
- Nexo causal funcional: no es necesario que el daño sea directo o exclusivo del accidente, basta con que haya contribuido a agravar una dolencia preexistente.
- Responsabilidad civil objetiva del conductor y su aseguradora: conforme al sistema del baremo de tráfico, la víctima tiene derecho a ser indemnizada por daños personales, aunque no haya pérdida de movilidad o incapacidad laboral.
- Indemnización del daño moral por dolor crónico, que puede ser valorado económicamente según informes médicos.
Consecuencias prácticas
🔹 Las víctimas de accidentes que sufren dolor continuo, aunque no tengan secuelas «visibles», pueden reclamar indemnización si prueban el vínculo con el siniestro.
🔹 No es necesario que exista incapacidad laboral, sino un deterioro objetivo del bienestar físico o calidad de vida.
🔹 Las aseguradoras no pueden escudarse únicamente en la falta de lesiones estructurales para denegar compensaciones.
Conclusión
La Audiencia de Barcelona abre la puerta a reconocer el dolor como secuela indemnizable, incluso en ausencia de limitaciones funcionales, siempre que se acredite que el accidente ha provocado o agravado una situación médica previa. Un fallo que refuerza los derechos de las víctimas y recuerda que el daño no siempre es visible, pero sí jurídicamente relevante.
En Luis Ferrer Abogado ayudamos a víctimas de accidentes de tráfico a reclamar lo que les corresponde, incluso cuando el perjuicio no es evidente a simple vista.
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