El tribunal reconoce el perjuicio moral de la madre por la dedicación exclusiva al cuidado de su hijo gravemente lesionado
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⚖️ Introducción
En una importante sentencia de contenido social y humano, la Justicia ha condenado a la aseguradora MAPFRE a indemnizar a la madre de un joven que sufrió un grave accidente de tráfico y quedó con lesiones permanentes e invalidantes. La clave del fallo reside en que, más allá del daño directo a la víctima, el tribunal reconoce el perjuicio moral sufrido por la madre, obligada a renunciar a su propia vida laboral y social para convertirse en cuidadora a tiempo completo de su hijo.
Esta resolución refuerza la interpretación amplia del concepto de “perjuicio particular” recogido en el Baremo de Tráfico, y reconoce por primera vez con esta contundencia el impacto vital que puede tener un accidente de tráfico sobre familiares directos del lesionado.
👩👦 Los hechos del caso
El hijo de la demandante sufrió un siniestro con consecuencias neurológicas severas. A raíz del accidente, quedó completamente dependiente, necesitando asistencia continua para la realización de actividades básicas de la vida diaria. Desde entonces, su madre, que hasta ese momento tenía vida laboral activa, renunció a su empleo y reorganizó su vida para atender al joven, sin recibir ayuda pública suficiente.
La aseguradora MAPFRE indemnizó inicialmente al hijo lesionado, pero rechazó incluir en su oferta motivada el perjuicio de la madre, al entender que la normativa solo ampara a la víctima directa del accidente.
📌 Fundamento jurídico de la sentencia
El tribunal considera aplicable el concepto de «perjuicio moral por pérdida de calidad de vida de familiares», contenido en el Baremo Legal (Ley 35/2015, de 22 de septiembre), que establece indemnizaciones para allegados que sufren un impacto directo y permanente en su proyecto vital como consecuencia del daño sufrido por la víctima.
Para ello, el tribunal aprecia:
- La dedicación plena y exclusiva de la madre al cuidado del hijo.
- La pérdida de oportunidades laborales, descanso, relaciones sociales y autonomía personal.
- La inexistencia de apoyo institucional suficiente que libere total o parcialmente esta carga.
En consecuencia, considera que la aseguradora debe responder no solo frente a la víctima directa del accidente, sino también frente a la madre, como perjudicada por el sacrificio forzado y no elegido que ha visto alterada su vida por completo.
🧑⚖️ Indemnización reconocida
Aunque la cuantía de la indemnización varía en función de la gravedad del caso, en este supuesto el tribunal ha estimado una compensación económica significativa a favor de la madre, valorando:
- La duración de la asistencia.
- El grado de dependencia del hijo.
- La pérdida de ingresos, libertad y autonomía de la madre.
La sentencia envía un mensaje claro: las aseguradoras no pueden ignorar el sufrimiento de los cuidadores principales, que también son víctimas del accidente en términos jurídicos.
✅ Conclusión
Esta sentencia constituye un avance hacia una justicia más sensible con los efectos colaterales de los accidentes de tráfico. Reconoce que el perjuicio no es solo físico o económico para la víctima directa, sino también moral, emocional y vital para su entorno familiar, especialmente para quienes asumen el rol de cuidadores sin más ayuda que su propia entrega.
En Luis Ferrer Abogado, luchamos por una reparación integral para todas las personas afectadas por accidentes, incluidas las familias que dedican su vida a cuidar a sus seres queridos lesionados.
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