La Audiencia de León condena a un hombre por meter en el maletero a su expareja y lesionarla al conducir temerariamente

El tribunal le impone 6 años de prisión y le obliga a indemnizar a la víctima con 58.000 euros

Por Luis Ferrer Abogado – www.luisferrer.abogado

Introducción

La Audiencia Provincial de León ha condenado a un hombre a 6 años de prisión por retener a su expareja en el maletero de su coche y lesionarla al conducir de forma temeraria.

Además de la pena privativa de libertad, el tribunal le impone el pago de una indemnización de 58.000 euros a la víctima por los daños físicos y psicológicos sufridos.

Este fallo destaca la gravedad de las conductas de violencia de género y privación de libertad, y refuerza la protección de las víctimas frente a actos de maltrato y agresión en el ámbito de la pareja o expareja.


Los hechos del caso

🔹 El acusado secuestró a su expareja introduciéndola por la fuerza en el maletero de su vehículo.

🔹 Durante el trayecto, condujo de manera temeraria, realizando frenazos bruscos y maniobras peligrosas, lo que provocó que la víctima sufriera múltiples lesiones al golpearse contra las paredes del compartimento.

🔹 La mujer logró ser auxiliada después de que testigos alertaran a la policía tras escuchar sus gritos pidiendo ayuda.

🔹 En el juicio, la defensa alegó que el acusado no tenía intención de causarle daño grave, pero el tribunal rechazó esta versión y consideró que actuó con plena conciencia del peligro generado para la víctima.

🔹 La Audiencia de León dictó sentencia condenatoria, imponiendo 6 años de cárcel y el pago de 58.000 euros de indemnización por las lesiones físicas y el daño moral sufrido.


Fundamentos Jurídicos de la Sentencia

1️⃣ Delito de detención ilegal

El tribunal considera que la conducta del acusado encaja en el delito de detención ilegal previsto en el artículo 163 del Código Penal, que sanciona a quien:

✔️ Priva de libertad a otra persona sin causa legal.
✔️ Retiene a la víctima contra su voluntad, limitando su autonomía personal.

En este caso, el acusado secuestró a su expareja, privándola de su libertad de movimiento al encerrarla en el maletero sin posibilidad de escapar.

📌 Conclusión: Encerrar a una persona en un espacio reducido sin su consentimiento es un acto de privación ilegal de libertad y constituye un delito grave.


2️⃣ Delito de lesiones por conducción temeraria

El tribunal también condena al acusado por lesiones dolosas, aplicando el artículo 147 del Código Penal, que sanciona:

✔️ Las agresiones que causen daños físicos a la víctima.
✔️ El uso de medios peligrosos que incrementen el riesgo de lesión.

En este caso, la conducción temeraria generó un riesgo extremo para la víctima, que sufrió múltiples lesiones al golpearse en el interior del maletero.

📌 Conclusión: El acusado no solo privó de libertad a la víctima, sino que la sometió a un peligro grave que derivó en lesiones, lo que agrava su responsabilidad penal.


3️⃣ Indemnización a la víctima por daños físicos y morales

El tribunal reconoce el derecho de la víctima a ser indemnizada por los perjuicios sufridos, en aplicación de los principios de responsabilidad civil derivada del delito (artículo 109 del Código Penal).

✔️ 58.000 euros por daños físicos y psicológicos.
✔️ Compensación por el sufrimiento emocional derivado de la agresión.
✔️ Responsabilidad del agresor por las consecuencias de su conducta delictiva.

📌 Conclusión: La indemnización busca reparar los daños sufridos por la víctima, tanto físicos como emocionales, asegurando una compensación justa.


Consecuencias de la Sentencia

Se impone una pena de 6 años de prisión, reforzando la lucha contra la violencia de género.
El condenado deberá pagar una indemnización de 58.000 euros a la víctima.
La sentencia subraya la gravedad de los delitos de detención ilegal y lesiones dolosas.
Refuerza la importancia de actuar contra los actos de violencia en el ámbito de la pareja o expareja.


Conclusión

La Audiencia de León ha dictado una sentencia ejemplarizante en un caso de violencia de género, condenando a un hombre a 6 años de prisión y al pago de 58.000 euros por detener ilegalmente a su expareja y lesionarla al conducir de forma temeraria.

Este fallo refuerza la protección de las víctimas y deja claro que la justicia actuará con firmeza ante conductas que atenten contra la integridad y la libertad de las personas.

Desde Luis Ferrer Abogado, reiteramos la importancia de denunciar cualquier acto de violencia de género y de buscar asistencia legal para garantizar la protección de los derechos de las víctimas.

📍 Para más información y asesoramiento legal, visita www.luisferrer.abogado.