La Audiencia de Madrid condena a 39 años de prisión a un policía por matar a una anciana para quedarse con su dinero

La sentencia establece la existencia de alevosía y codicia, y considera probado un intento de asesinato previo mediante un accidente de tráfico provocado

Por Luis Ferrer Abogado – www.luisferrer.abogado


Introducción

La Audiencia Provincial de Madrid ha dictado una contundente sentencia que condena a 39 años de prisión a un agente de la Policía Nacional, al considerarlo autor del asesinato de una mujer de avanzada edad, con la finalidad de apoderarse de sus ahorros.
El tribunal considera acreditado que el acusado, movido por la codicia, intentó previamente acabar con la vida de la víctima provocando un accidente de tráfico, y al no lograrlo, acabó asesinándola veinte días después.

Este caso pone de relieve las implicaciones penales de los delitos cometidos por funcionarios públicos en el ejercicio de su rol o con abuso de confianza, así como la relevancia de los móviles económicos y la planificación delictiva como agravantes.


1️⃣ Hechos probados: de la tentativa al homicidio consumado

Según se recoge en la sentencia:

  • El acusado conocía personalmente a la víctima, de 84 años, y tenía constancia de que disponía de una cantidad significativa de dinero en efectivo.
  • Veinte días antes del crimen, provocó intencionadamente un accidente de tráfico con la intención de asesinarla, sin conseguir su objetivo.
  • Posteriormente, aprovechó una visita domiciliaria para asfixiarla hasta causarle la muerte, sustrayendo después parte de su dinero y efectos personales.

📌 La actuación fue calificada como delito de asesinato con alevosía y codicia, en concurso con robo con violencia, y con la agravante de funcionario público por el abuso de su posición.


2️⃣ Tipificación penal: asesinato con agravantes

El tribunal encuadra la conducta del condenado en los siguientes preceptos del Código Penal:

  • Artículo 139.1.1ª y 4ª: asesinato con alevosía (ataque súbito e inopinado) y con finalidad económica (codicia).
  • Artículo 242: robo con violencia en casa habitada.
  • Artículo 74: concurso real de delitos.

🔎 Además, se aplicó la agravante del artículo 22.7 CP, por prevalerse de su condición de agente de la autoridad, lo que aumentó la vulnerabilidad de la víctima y el carácter abusivo del acto.


3️⃣ La tentativa previa: homicidio frustrado mediante accidente

El intento anterior, considerado por el tribunal como homicidio en grado de tentativa, fue valorado de forma independiente y determinante para entender la premeditación y la intención homicida continuada del acusado.

Esta circunstancia agravó la pena impuesta y descartó cualquier atenuante relacionada con impulsividad o arrebato.


4️⃣ Pena impuesta y consecuencias accesorias

La Audiencia Provincial de Madrid impuso una pena total de 39 años de prisión, distribuidos entre:

  • 25 años por el delito de asesinato.
  • 12 años por el delito de robo con violencia.
  • 2 años por la tentativa de homicidio.

Además, el condenado deberá:

  • Indemnizar a los herederos de la víctima por daños morales y materiales.
  • Enfrenta la inhabilitación absoluta durante el cumplimiento de la pena.

📌 La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid o ante el Tribunal Supremo.


Conclusión

Este caso ejemplifica la máxima severidad penal en delitos de asesinato con agravantes cualificadas, especialmente cuando el móvil es económico y el autor ostenta una posición de confianza o autoridad.
La combinación de premeditación, alevosía y codicia, junto con la condición de funcionario público, agrava no solo la conducta, sino su reproche social y jurídico.

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