Aunque la mayor responsabilidad corresponde a la víctima, que no debió quedarse bajo la cosechadora sabiendo que el conductor iba a ponerla en marcha, también se aprecia negligencia por parte de este y de la propietaria del vehículo agrícola
Por Luis Ferrer Abogado – www.luisferrer.abogado
Introducción
La Audiencia Provincial de León ha resuelto un complejo caso de responsabilidad civil por un accidente con una cosechadora, aplicando la doctrina de la concurrencia de culpas. En su sentencia, reconoce que aunque la víctima asumió un riesgo evitable al situarse bajo la máquina, también existió negligencia tanto del conductor como de la empresa propietaria del vehículo agrícola, configurando así una responsabilidad compartida.
Los Hechos del Caso
El suceso ocurrió durante una jornada de trabajo en el campo, cuando un operario fue arrollado por una cosechadora al ponerse en marcha el vehículo mientras él se encontraba debajo realizando tareas de mantenimiento. A pesar de que el operario sabía que el conductor tenía intención de mover la máquina, no se apartó del lugar, lo que derivó en graves lesiones.
El conductor no se aseguró de que no hubiera nadie bajo el vehículo antes de iniciarlo, y la propietaria de la cosechadora —una empresa agrícola— no contaba con protocolos de seguridad adecuados para evitar este tipo de riesgos.
La Decisión Judicial
La Audiencia Provincial de León aplicó la figura de la concurrencia de culpas, establecida en el artículo 1.103 del Código Civil. Esta figura permite repartir la responsabilidad entre varias partes cuando todas ellas han contribuido con su conducta negligente al daño producido.
En este caso, se declaró que la víctima incurrió en una imprudencia grave al permanecer debajo del vehículo en una zona de evidente riesgo, siendo consciente de la intención del conductor de ponerla en marcha. No obstante, el tribunal también observó:
- Falta de diligencia del conductor, al no realizar comprobaciones mínimas de seguridad antes de arrancar la maquinaria.
- Responsabilidad de la empresa propietaria, por no implementar medidas de prevención de riesgos laborales eficaces ni establecer protocolos de actuación ante situaciones de mantenimiento.
Distribución de la Responsabilidad
El tribunal consideró que la mayor cuota de responsabilidad recaía en la víctima, pero reconoció que existía una cuota significativa atribuible al resto de intervinientes. Esta distribución tiene efectos directos en la cuantía de la indemnización, que se reduce proporcionalmente en función de la responsabilidad de cada parte.
Implicaciones Legales
Esta sentencia tiene especial relevancia en el ámbito de los accidentes laborales y el uso de maquinaria pesada. Refuerza la idea de que:
- Los trabajadores deben actuar con prudencia, especialmente en entornos de riesgo evidente.
- Las empresas y operadores de maquinaria deben extremar las precauciones, implementando medidas de seguridad y control adecuadas.
- El daño no exonera automáticamente a quien lo sufre si contribuyó de forma relevante a su producción.
Conclusión
La resolución de la Audiencia Provincial de León pone de manifiesto que en materia de responsabilidad civil no siempre hay una única parte culpable. La concurrencia de culpas permite una resolución más equitativa, ajustando la indemnización a la verdadera participación de cada actor en los hechos.
Desde Luis Ferrer Abogado, recordamos la importancia de la prevención de riesgos laborales y la evaluación jurídica de cada caso concreto, donde factores como la diligencia, la previsibilidad y la existencia de protocolos son claves para determinar la responsabilidad.
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