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La justicia llega tarde en los casos de ciberacoso a menores: la urgencia de una respuesta penal especializada y eficaz


Introducción

El incremento de delitos de ciberacoso a menores, especialmente en forma de online grooming —el contacto deliberado de adultos con menores a través de Internet con fines sexuales—, ha puesto en evidencia la lentitud del sistema judicial español para dar respuesta a estas conductas. Este retraso prolonga innecesariamente el sufrimiento de las víctimas, muchas de las cuales atraviesan procesos psicológicos complejos, mientras los agresores, en muchos casos, siguen actuando con impunidad.


¿Qué es el online grooming?

El grooming es un delito recogido en el artículo 183 ter del Código Penal, que castiga a quien, a través de Internet u otros medios de comunicación, contacte con un menor de 16 años con el propósito de ganarse su confianza para posteriormente:

  • Obtener imágenes sexuales del menor.
  • Concertar un encuentro para cometer abusos.
  • Inducirle a participar en conductas de contenido sexual.

Se trata de un delito especialmente insidioso, que se desarrolla en entornos privados, invisibles para padres, docentes o autoridades, y que genera graves consecuencias emocionales y psicológicas en los menores.


Problemas actuales: lentitud y falta de medios

A pesar del avance legislativo en la tipificación del delito, la respuesta judicial sigue siendo insuficiente y tardía. Los principales problemas identificados son:

🔴 Dilaciones procesales: los procedimientos penales por ciberacoso suelen demorarse meses, incluso años.
🔴 Falta de juzgados especializados: no todos los juzgados tienen personal con formación en nuevas tecnologías y delitos digitales.
🔴 Medidas cautelares tardías o inexistentes: en muchos casos no se adoptan órdenes de alejamiento ni bloqueos de acceso a redes sociales a tiempo.
🔴 Revictimización: el menor se ve obligado a declarar en varias ocasiones y revivir los hechos ante distintos operadores jurídicos.

Este escenario socava el principio de protección integral del menor y disuade a muchas familias de continuar con el proceso judicial.


Necesidad de reforma y especialización

La experiencia en materia de online grooming revela que:

✅ Es urgente la creación de unidades judiciales y fiscales especializadas en delitos tecnológicos contra menores.
✅ Se debe invertir en formación digital de jueces, fiscales, policías y personal forense.
✅ Es clave reforzar los protocolos de atención inmediata a las víctimas, protegiendo su identidad y evitando la exposición pública.
✅ Las plataformas digitales deben estar obligadas legalmente a cooperar en tiempo real con la Justicia, eliminando contenidos y facilitando datos de los agresores.


El papel de la abogacía en estos casos

Como abogados, tenemos el deber de:

  • Actuar con rapidez para solicitar medidas cautelares urgentes.
  • Acompañar al menor y su familia en todas las fases del proceso, con un enfoque psicológicamente respetuoso.
  • Promover pruebas tecnológicas sólidas: capturas de pantalla, rastreos IP, peritajes informáticos.
  • Impulsar denuncias también ante la Agencia Española de Protección de Datos y otras vías administrativas.

Conclusión

El ciberacoso sexual a menores es una de las formas más graves de violencia digital. La lentitud de la Justicia no solo permite que muchos agresores escapen del castigo, sino que prolonga el dolor de las víctimas y socava su confianza en las instituciones. La especialización, la celeridad y la sensibilidad son indispensables para hacer frente a este fenómeno con eficacia.

En Luis Ferrer Abogado defendemos a menores víctimas de delitos digitales y trabajamos para garantizar que su voz sea escuchada y protegida desde el primer momento. Si necesitas ayuda o asesoramiento, puedes contar con nosotros.

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