El TSJ de Extremadura aplica la doctrina de los actos propios y rechaza la reclamación de un trabajador que pretendía desconocer las condiciones de una plaza que había aceptado voluntariamente
Por Luis Ferrer Abogado – www.luisferrer.abogado
Introducción
Uno de los principios básicos que rigen las relaciones jurídicas es la buena fe. Tanto en el ámbito laboral como en cualquier otra rama del Derecho, las personas deben actuar de forma coherente con sus propios actos y no pueden adoptar posteriormente conductas contradictorias cuando ello perjudica a terceros o genera inseguridad jurídica.
Una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura ha recordado precisamente este principio al desestimar la reclamación de un trabajador que, tras aceptar voluntariamente una plaza con determinadas condiciones, pretendía posteriormente desconocerlas e impugnarlas.
La resolución aplica la conocida doctrina de los actos propios, una figura jurídica que impide actuar en contradicción con una conducta anterior libremente asumida.
Los hechos
El conflicto surgió cuando un trabajador participó en un proceso para la adjudicación de una plaza cuyas condiciones eran conocidas desde el principio.
El empleado decidió presentarse, optó voluntariamente por dicha plaza y aceptó las condiciones que la acompañaban.
Sin embargo, una vez incorporado o consolidada su situación, inició una reclamación pretendiendo cuestionar precisamente aquellos aspectos que habían sido determinantes en la adjudicación del puesto.
La controversia llegó a los tribunales, que tuvieron que analizar si resultaba jurídicamente admisible esta conducta.
La cuestión jurídica
La pregunta que debía resolver el Tribunal era sencilla:
¿Puede una persona aceptar libremente unas condiciones y, posteriormente, impugnarlas alegando que no está conforme con ellas?
La respuesta del TSJ de Extremadura fue negativa.
La Sala entendió que quien acepta voluntariamente una determinada situación jurídica no puede, posteriormente y sin causa justificada, actuar como si nunca hubiera prestado su conformidad.
¿Qué es la doctrina de los actos propios?
La doctrina de los actos propios es un principio consolidado por la jurisprudencia que deriva de la exigencia de actuar conforme a la buena fe.
Según esta doctrina, una persona no puede mantener una conducta determinada que genere una apariencia jurídica y, posteriormente, actuar en sentido contrario cuando ello perjudica a otros o altera la seguridad jurídica.
En otras palabras:
nadie puede ir válidamente contra sus propios actos cuando estos fueron claros, conscientes y voluntarios.
La importancia de la buena fe
La buena fe constituye uno de los principios fundamentales de nuestro ordenamiento jurídico.
Las relaciones laborales, contractuales y administrativas exigen que las partes actúen con coherencia y lealtad.
Cuando una persona:
- conoce unas condiciones;
- las acepta libremente;
- obtiene un beneficio derivado de esa aceptación;
- y posteriormente intenta desconocerlas;
puede encontrarse con la aplicación de la doctrina de los actos propios.
La seguridad jurídica como valor protegido
La sentencia destaca que permitir este tipo de comportamientos generaría una enorme inseguridad jurídica.
Si las personas pudieran aceptar unas condiciones para beneficiarse de ellas y después impugnarlas cuando dejan de resultarles favorables, las relaciones jurídicas se volverían imprevisibles.
La seguridad jurídica exige que los actos realizados libremente tengan consecuencias y que las decisiones adoptadas por los ciudadanos sean respetadas.
No toda aceptación impide reclamar
La resolución también permite aclarar un aspecto importante.
La doctrina de los actos propios no impide cualquier reclamación futura.
Existen situaciones en las que sí puede cuestionarse una decisión previamente aceptada, por ejemplo cuando:
- existe error esencial;
- concurren vicios del consentimiento;
- aparecen circunstancias nuevas relevantes;
- o la actuación vulnera normas imperativas.
Lo que prohíbe la doctrina es el comportamiento contradictorio carente de justificación razonable.
Aplicación en el ámbito laboral
En materia laboral esta doctrina tiene una especial relevancia.
Los tribunales la aplican con frecuencia cuando los trabajadores:
- aceptan determinadas condiciones de trabajo;
- participan voluntariamente en procesos de movilidad;
- solicitan cambios de puesto;
- o se adhieren a determinadas situaciones jurídicas.
La clave radica en analizar si existió una aceptación libre, consciente e informada.
Un mensaje para trabajadores y empresas
La sentencia constituye un recordatorio de que las decisiones adoptadas en el ámbito laboral tienen consecuencias jurídicas.
Antes de aceptar una plaza, una modificación de condiciones o cualquier otra situación profesional, resulta esencial conocer adecuadamente sus implicaciones.
Una vez producida la aceptación voluntaria, puede resultar muy difícil sostener posteriormente una posición incompatible con la conducta inicialmente mantenida.
Reflexión jurídica
De esta resolución pueden extraerse varias conclusiones relevantes:
- La buena fe exige actuar de forma coherente con la propia conducta.
- La doctrina de los actos propios impide comportamientos contradictorios injustificados.
- Quien acepta voluntariamente unas condiciones no puede desconocerlas posteriormente sin causa legítima.
- La seguridad jurídica constituye un valor esencial protegido por los tribunales.
- Cada caso debe analizarse atendiendo a las circunstancias concretas y al grado de conocimiento y voluntariedad de la aceptación.
Conclusión
La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura refuerza una idea básica de nuestro sistema jurídico: los actos voluntariamente realizados generan consecuencias y deben ser respetados.
La aplicación de la doctrina de los actos propios impide que una persona acepte unas condiciones para beneficiarse de ellas y, posteriormente, intente impugnarlas cuando ya no le resultan convenientes.
Se trata de una resolución que pone en valor la buena fe, la coherencia y la seguridad jurídica, principios imprescindibles para el correcto funcionamiento de las relaciones laborales y de cualquier ámbito de la vida jurídica.
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