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Los juzgados de violencia de género asumen también los delitos de violencia sexual: un cambio estructural en la lucha contra las agresiones machistas

Desde hoy, los juzgados especializados en violencia de género amplían su competencia objetiva para incluir delitos sexuales, en una medida clave impulsada por el Consejo General del Poder Judicial

Por Luis Ferrer Abogado – www.luisferrer.abogado


Introducción

A partir de hoy, los juzgados de violencia sobre la mujer asumen también la instrucción y enjuiciamiento de los delitos de violencia sexual cometidos por hombres contra mujeres cuando exista o haya existido una relación de pareja. Esta ampliación de competencias supone un hito en la especialización judicial, orientado a reforzar la protección integral a las víctimas y garantizar una respuesta más eficaz frente a las distintas formas de violencia machista.

La medida se enmarca en las reformas introducidas por la Ley Orgánica 10/2022, de garantía integral de la libertad sexual y ha sido implementada con el respaldo del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), que ha aprobado medidas urgentes de refuerzo en los 23 juzgados más afectados por este cambio.


¿Qué implica esta ampliación de competencias?

Hasta ahora, los juzgados de violencia sobre la mujer eran competentes únicamente para conocer:

  • Delitos contra la vida, integridad física, libertad o moral de la mujer cometidos por su pareja o expareja.
  • Delitos contra los derechos y deberes familiares en ese mismo contexto.

Con la entrada en vigor de esta medida, se les atribuye también:

  • La instrucción y enjuiciamiento de delitos contra la libertad sexual (agresiones, abusos, acoso, etc.) cometidos por la pareja o expareja de la víctima.
  • Esto permite unificar en un solo órgano judicial la respuesta penal frente a las distintas formas de violencia que puede sufrir la misma víctima.

¿Qué busca esta reforma?

  1. Evitar la fragmentación procesal, que obligaba a la víctima a declarar en varios procedimientos ante distintos juzgados.
  2. Reforzar la protección judicial integral, ofreciendo una visión más completa de la situación de violencia.
  3. Especializar la respuesta judicial ante conductas delictivas de alta sensibilidad y complejidad.
  4. Dar cumplimiento a los principios del Convenio de Estambul y de la jurisprudencia constitucional y europea sobre la protección de las víctimas.

Medidas de refuerzo aprobadas por el CGPJ

El Consejo General del Poder Judicial ha aprobado medidas para reforzar 23 juzgados que ya presentan una alta carga de trabajo y que verán incrementadas sus competencias. Estas medidas incluyen:

  • Refuerzos de personal judicial y de auxilio.
  • Reasignación temporal de recursos.
  • Seguimiento específico de la evolución de carga de trabajo.

El objetivo es garantizar que la ampliación competencial no colapse el sistema ni perjudique la atención a las víctimas.


Conclusión

La incorporación de los delitos sexuales al ámbito competencial de los juzgados de violencia sobre la mujer representa un avance en la protección integral de las víctimas de violencia machista, permitiendo una respuesta más rápida, especializada y menos revictimizadora. Es también un paso hacia la consolidación de un sistema judicial más consciente de la naturaleza estructural y multiforme de la violencia de género.

En Luis Ferrer Abogado, ofrecemos asistencia jurídica especializada en derecho penal y violencia de género, con una atención integral a víctimas y acusados, siempre bajo los principios de confidencialidad, defensa técnica rigurosa y enfoque humano.

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