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Los tickets restaurante no pueden ser considerados parte del salario

ACTUALIDAD TRIBUNAL SUPREMO

El Tribunal Supremo, en su sentencia de 14 de septiembre, niega que los ‘tickets’ restaurante tengan naturaleza salarial sino indemnizatoria, aunque lo cobren en la nómina todos los meses, por lo tanto no se pagan en el caso de trabajadores en situación de incapacidad temporal.

De esta manera, su cuantía no ha de ser tenida en cuenta para establecer el importe del complemento de la prestación de IT ya que se complementan hasta el 100% de las percepciones salariales, pero no está establecido que hayan de computarse las indemnizatorias.

La Sala rechazó un recurso de la Confederación General del Trabajo contra la sentencia dictada por la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, de fecha 4 de octubre de 2019, en el que se solicitaba que el dinero que percibían los trabajadores de una compañía por estos cheques se pagase también a personas que estuvieran de baja por incapacidad temporal.

Fuente de la noticia: «http://spanish.vlexblog.com/»