El Tribunal Constitucional declara que, aun cuando los personajes públicos tengan la obligación de soportar un nivel más intenso de la crítica y del escrutinio público, ello no comporta que cualquier imputación que afecte a su reputación pueda ser amparada por la libertad de expresión
El TC reitera que la libertad de expresión no es ilimitada y que debe ponderarse frente al derecho al honor, incluso tratándose de figuras públicas Por Luis Ferrer Abogado – www.luisferrer.abogado Introducción El Tribunal Constitucional (TC) ha reiterado, en una reciente sentencia de gran relevancia, que la libertad de expresión, aunque esencial en una sociedad …