El Supremo fija doctrina: el mes de agosto sí cuenta en el plazo para recurrir por error judicial
No se trata de un plazo procesal, sino sustantivo de caducidad, y debe computarse de fecha en fecha Por Luis Ferrer Abogado – www.luisferrer.abogado Introducción El Tribunal Supremo ha resuelto una cuestión de gran relevancia para la seguridad jurídica y el cómputo de plazos procesales, al declarar que el mes de agosto no queda excluido …