La justicia penal califica como falsificación la entrega de un parte de baja totalmente simulado, no una simple fotocopia adulterada
Por Luis Ferrer Abogado – www.luisferrer.abogado
Introducción
Un trabajador ha sido condenado penalmente por falsedad documental al presentar a su empresa un parte de baja médica completamente falso. No se trataba de una copia manipulada o alterada, sino de un documento inexistente, simulado desde cero, con apariencia de parte oficial emitido por el Servicio Público de Salud.
El caso pone de relieve que la simulación de documentos médicos oficiales con intención de engañar al empleador no es una mera infracción laboral, sino un auténtico delito penal contra la fe pública, tipificado en los artículos 392 y 390 del Código Penal.
Los hechos
- El trabajador entregó a la empresa un supuesto parte de baja médica, aparentemente emitido por un centro de salud público.
- Tras comprobarse su autenticidad, se descubrió que el documento no figuraba en los registros oficiales del sistema sanitario y que los datos habían sido fabricados íntegramente.
- El trabajador reconoció que había creado el documento para justificar una ausencia.
Calificación jurídica: falsedad en documento oficial
El tribunal determinó que:
- El parte de baja simulado reproduce la apariencia de un documento oficial expedido por una administración sanitaria.
- Su falsificación implica no solo una infracción laboral, sino una vulneración grave del bien jurídico de la fe pública.
- La conducta encaja en el artículo 392 del Código Penal, que castiga la falsedad en documento oficial cometida por particular, con penas de prisión de 6 meses a 3 años y multa.
Simular un parte médico es crear un documento falso con apariencia oficial, lo cual constituye un delito, independientemente de que se haya causado o no un perjuicio económico real a la empresa.
Diferencia entre documento manipulado y documento simulado
Es importante distinguir:
- 📄 Documento alterado: existe un parte auténtico que se manipula (por ejemplo, cambiando fechas).
- 📝 Documento simulado: se crea de la nada, imitando un parte oficial que nunca existió ni fue emitido.
En este caso, se trató de una falsedad material en documento oficial, más grave que una simple falsedad en documento privado.
Repercusiones laborales y penales
Además de la condena penal, la empresa puede:
- Imponer un despido disciplinario procedente, al amparo del artículo 54.2.d) del Estatuto de los Trabajadores (transgresión de la buena fe contractual).
- Solicitar indemnización por daños y perjuicios, si ha abonado prestaciones o salarios con base en el parte falso.
- Activar la acción penal subsidiaria en calidad de perjudicada.
Conclusión
La entrega de un parte médico falsificado no es un acto inocente ni un simple “error de forma”: es un delito penal que atenta contra la fe pública, con consecuencias graves tanto en el ámbito judicial como laboral. El ordenamiento jurídico protege especialmente la autenticidad de los documentos emitidos por la administración sanitaria, y su falsificación es duramente sancionada.
En Luis Ferrer Abogado, contamos con amplia experiencia en Derecho Penal y Derecho Laboral, defendiendo tanto a trabajadores acusados como a empresas perjudicadas por fraudes documentales.
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