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Préstamos entre familiares: cuándo los acepta Hacienda y qué exige el Tribunal Supremo


Introducción

El Tribunal Supremo ha establecido importantes criterios para determinar cuándo un préstamo entre familiares es válido a ojos de Hacienda, evitando que se considere una donación encubierta y se liquiden impuestos de forma indebida. Esta doctrina refuerza la seguridad jurídica de las operaciones privadas en el entorno familiar, pero también exige rigor documental y coherencia.


El problema: ¿préstamo o donación?

Es habitual que entre padres e hijos, hermanos o cónyuges se realicen transferencias de dinero bajo la fórmula de “préstamos”, sin formalización específica. El problema surge cuando la Agencia Tributaria presume que no existe voluntad de devolución, y califica la operación como donación, exigiendo el pago del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD).


La posición del Tribunal Supremo

La reciente jurisprudencia del TS (STS 1504/2024, entre otras) señala que los préstamos entre particulares son válidos sin necesidad de escritura pública, pero si se quiere evitar problemas con Hacienda, se deben cumplir ciertos requisitos de verosimilitud y prueba.

Estos son los criterios exigidos:

Contrato por escrito, aunque sea privado, en el que consten las partes, el importe, el plazo de devolución y, si se pacta, el interés.
Medios de pago trazables, como transferencias bancarias.
Justificación del movimiento de fondos y su correlación con los ingresos del prestamista.
Acreditación de la devolución del préstamo, al menos parcial.
Coherencia con la capacidad económica de las partes.

Además, el TS ha señalado que la Agencia Tributaria no puede exigir al contribuyente una prueba imposible o desproporcionada, y que la carga de probar la simulación corresponde a la Administración si duda de la veracidad del préstamo.


Importancia fiscal del caso

Si Hacienda considera que el préstamo es ficticio:

🔻 Podrá recalificarlo como donación y exigir el ISD, con los recargos e intereses correspondientes.
🔻 Podrá imponer sanciones por ocultación o simulación.
🔻 El receptor del dinero podría tener que justificar su patrimonio ante posibles discrepancias en IRPF o Patrimonio.

Por eso, es esencial actuar con transparencia y rigor documental, incluso entre familiares con confianza mutua.


Conclusión

El Tribunal Supremo avala los préstamos entre familiares, pero recuerda que deben cumplir unos mínimos requisitos formales y probatorios, si se pretende que tengan plena validez tributaria.

Desde Luis Ferrer Abogado, te ayudamos a:

🔹 Redactar contratos de préstamo entre familiares.
🔹 Asegurar la trazabilidad y documentación exigida por Hacienda.
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