Que tu compañera de trabajo «fiche» por ti es motivo de despido procedente: es fraude y suplantación de identidad

La jurisprudencia laboral avala el despido por falsear los registros de jornada, incluso si el trabajador no fue quien realizó el fichaje de forma directa

Por Luis Ferrer Abogado – www.luisferrer.abogado


Introducción

El control horario obligatorio impuesto por la legislación laboral desde 2019 ha convertido los sistemas de fichaje en una herramienta fundamental para el cumplimiento de la normativa sobre jornada y tiempo de trabajo. No obstante, en algunos entornos laborales se ha consolidado la práctica fraudulenta de que un trabajador fiche por otro, ya sea por compañerismo, descuido o con la intención directa de eludir el control.

El reciente respaldo de los tribunales a la calificación de despido procedente en estos casos deja claro que suplantar o permitir que otro registre la entrada o salida en nombre propio constituye una falta muy grave que puede romper la relación de confianza esencial en el contrato de trabajo.


1️⃣ El fichaje por terceros: ¿acto de compañerismo o fraude laboral?

Aunque algunos trabajadores puedan ver esta práctica como un simple favor, la realidad jurídica es tajante: fichar por otro trabajador es un acto de suplantación de identidad y una alteración fraudulenta de los registros laborales. Tanto quien permite que se fiche por él como quien realiza el fichaje incurren en una conducta sancionable.

✅ Supone una transgresión de la buena fe contractual (art. 54.2.d del Estatuto de los Trabajadores).
✅ Implica una alteración de documentos esenciales para el control laboral, especialmente cuando los registros de jornada tienen efectos sobre nómina, horas extra o cumplimiento normativo.


2️⃣ Jurisprudencia: despido procedente por suplantación en el fichaje

Los tribunales han respaldado en múltiples ocasiones el despido disciplinario por este tipo de comportamientos. Algunos criterios clave son:

🔸 La alteración intencionada del sistema de fichaje constituye una falta muy grave, aunque no exista perjuicio económico directo.
🔸 El trabajador no puede alegar ignorancia ni banalizar la conducta: la simple omisión o consentimiento ya supone un incumplimiento.
🔸 El fraude en los registros de jornada vulnera además el artículo 35.5 del Estatuto de los Trabajadores, que obliga a documentar fielmente el tiempo efectivo de trabajo.

📌 Ejemplo: en sentencias de TSJ como la de Galicia o Madrid, se ha ratificado el despido de trabajadores por dejar que compañeros ficharan por ellos a la entrada o salida.


3️⃣ Consecuencias legales y laborales

El despido procedente por este motivo implica:

✔️ Extinción del contrato sin derecho a indemnización ni salarios de tramitación.
✔️ Pérdida de la posibilidad de readmisión o recurso efectivo si el comportamiento está probado.
✔️ Posibles efectos colaterales en procesos de reclamación de horas extra, si se desvirtúan los registros.
✔️ Riesgo para quien realiza el fichaje fraudulento, que también puede ser sancionado o despedido.


4️⃣ Recomendaciones para empresas y trabajadores

Para las empresas:

  • Formar al personal sobre la obligación y consecuencias del control horario.
  • Establecer protocolos disciplinarios claros.
  • Usar sistemas de control biométrico o personalizados que eviten la suplantación.

Para los trabajadores:

  • Evitar cualquier conducta que implique falsear los registros de jornada.
  • No acceder a “favores” que puedan convertirse en infracciones laborales.
  • Comunicar incidencias por los cauces adecuados (ausencias, retrasos, etc.).

Conclusión

La práctica de permitir o realizar el fichaje por un compañero, aunque pueda parecer inofensiva, constituye un incumplimiento grave del contrato de trabajo. Los tribunales no solo avalan el despido en estos casos, sino que refuerzan la importancia de la buena fe y la veracidad en los registros laborales.

Desde Luis Ferrer Abogado, recordamos que la suplantación de identidad en el ámbito del trabajo no es una broma ni un favor entre colegas, sino un fraude que puede costar el puesto de trabajo.

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