El Tribunal Superior de Justicia reconoce el derecho de un padre a reducir prácticamente la totalidad de su jornada laboral para atender a su hijo con trastorno del espectro autista severo
Por Luis Ferrer Abogado – www.luisferrer.abogado
Introducción
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha reconocido el derecho de un trabajador a disfrutar de una reducción de jornada del 99 % para poder atender a su hijo con autismo grave, reforzando así la protección jurídica de las familias con menores afectados por enfermedades o discapacidades de especial intensidad.
La sentencia supone un importante respaldo a la conciliación en supuestos de especial vulnerabilidad, donde el cuidado no es una opción, sino una necesidad constante.
El caso
El trabajador solicitó una reducción casi total de su jornada laboral para dedicarse al cuidado directo de su hijo, diagnosticado con trastorno del espectro autista severo, que requería:
- Atención permanente.
- Supervisión continua.
- Intervenciones terapéuticas frecuentes.
- Apoyo constante en actividades básicas.
La empresa se opuso al porcentaje solicitado, considerando que una reducción del 99 % desnaturalizaba la relación laboral.
Fundamento jurídico
El tribunal analizó el caso a la luz del artículo 37.6 del Estatuto de los Trabajadores, que reconoce el derecho a la reducción de jornada para el cuidado de menores con discapacidad o enfermedad grave.
La norma no establece un límite porcentual máximo de reducción, sino que permite adaptar la jornada a las necesidades reales del menor.
El TSJC concluye que:
- Cuando la situación médica acredita una dependencia prácticamente absoluta, la reducción puede alcanzar porcentajes muy elevados.
- No existe base legal para impedir una reducción del 99 % si está debidamente justificada.
- El interés superior del menor y el derecho a la conciliación deben prevalecer frente a las objeciones organizativas genéricas de la empresa.
¿Supone esto dejar de trabajar?
No. Aunque la reducción es casi total, el trabajador mantiene el vínculo laboral activo. Además:
- La reducción implica una disminución proporcional del salario.
- En determinados supuestos, puede existir acceso a prestaciones de la Seguridad Social para compensar parcialmente la pérdida de ingresos.
- Se preserva la antigüedad y la relación contractual.
Conciliación y protección reforzada
Esta resolución se enmarca en una línea jurisprudencial que refuerza:
- El derecho a la conciliación de la vida laboral y familiar.
- La protección de familias con menores con discapacidad.
- La aplicación del principio del interés superior del menor.
El tribunal recuerda que la empresa debe acreditar de forma sólida una imposibilidad organizativa real, no bastando con alegaciones genéricas.
Conclusión
El reconocimiento de una reducción del 99 % de la jornada demuestra que el Derecho Laboral puede adaptarse a situaciones excepcionales. Cuando el cuidado de un menor con autismo grave exige dedicación casi absoluta, la ley ofrece mecanismos para hacerlo compatible con la continuidad laboral.
Desde Luis Ferrer Abogado, defendemos una interpretación garantista de los derechos de conciliación, especialmente cuando están en juego menores con necesidades especiales.
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