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¿Se puede despedir a un trabajador por un affaire en la cena de Navidad? El límite entre la vida privada y la disciplina laboral


Introducción

Con la llegada de las cenas de empresa por Navidad, muchos despachos laborales se preparan para una oleada de conflictos derivados de excesos o conductas inapropiadas en estos eventos. Entre ellas, los conocidos —y a veces polémicos— ‘affaires’ entre compañeros o con superiores jerárquicos. ¿Puede esto justificar un despido disciplinario? ¿Qué ocurre si se trata de un alto directivo?

Analizamos los límites jurídicos entre la vida privada del trabajador y su posible repercusión en el entorno laboral.


¿Qué dice la ley?

El artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores establece que el despido disciplinario solo es válido si se produce un incumplimiento grave y culpable del trabajador. No toda conducta polémica o moralmente cuestionable justifica el despido.

En principio, las relaciones sentimentales o sexuales entre adultos y con consentimiento pertenecen al ámbito de la vida privada, y no pueden ser sancionadas si no afectan al trabajo. Sin embargo, hay matices.


¿Cuándo puede haber despido?

1. Si hay abuso de poder o jerarquía

En relaciones entre jefe y subordinado, si se demuestra coacción, intimidación, trato de favor o acoso, el affaire deja de ser un asunto privado y puede generar responsabilidad disciplinaria o incluso penal.

2. Si afecta a la imagen o reputación de la empresa

Cuando el comportamiento durante la cena o fiesta de empresa es públicamente escandaloso, genera conflictos o vulnera el clima laboral (por ejemplo, discusiones, celos, desprecios, favoritismos), puede justificar una sanción, y en casos graves, despido procedente.

3. Si se utilizan medios o recursos de la empresa

Usar instalaciones, correos corporativos o tiempo laboral para mantener relaciones puede constituir una transgresión de la buena fe contractual.

4. Si se infringen normas internas

Muchas empresas tienen protocolos de conducta, especialmente tras la entrada en vigor de normativas sobre acoso sexual y laboral. Si la conducta incumple expresamente estos códigos, puede haber consecuencias laborales.


¿Y si es un alto directivo?

El régimen de los altos cargos y directivos es más estricto:

  • Se exige ejemplaridad y protección del interés de la empresa.
  • Una relación sentimental que implique conflicto de intereses, mala imagen pública o clima laboral negativo puede justificar su cese o despido con menor margen de defensa.

Jurisprudencia relevante

Los tribunales han venido señalando que:

  • La vida privada del trabajador está protegida, pero puede ser limitada cuando se proyecta en el ámbito laboral.
  • Las conductas mantenidas en eventos corporativos organizados por la empresa pueden ser sancionadas si afectan a la convivencia laboral, imagen o jerarquía.
  • La clave está en que haya repercusión laboral directa, y no una simple desaprobación moral o social.

Conclusión

Un affaire entre trabajadores, por sí solo, no justifica el despido disciplinario, salvo que la conducta derive en consecuencias negativas para la empresa, el ambiente de trabajo o vulnere normas internas. En el caso de directivos, el umbral de exigencia es más elevado.

Por ello, en Luis Ferrer Abogado recomendamos a empresas y trabajadores actuar con prudencia y sentido común en eventos corporativos, y contar con protocolos claros que permitan actuar frente a conductas que realmente afecten a la organización.

¿Has sido sancionado o despedido por una conducta fuera del horario laboral? ¿Eres empresa y necesitas asesoría sobre qué límites disciplinarios puedes aplicar?

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