Sentencia pionera reconoce una indemnización por daño moral tras perder el veterinario las cenizas del animal de compañía

ARTICULO DE OPINION

Un caso inédito que abre la puerta a nuevas reclamaciones por daño moral

En un fallo sin precedentes, un tribunal ha reconocido el derecho de un cliente a recibir una indemnización por daño moral tras la pérdida de las cenizas de su mascota, confiadas a un veterinario para su custodia y entrega. La resolución supone un avance significativo en la consideración del vínculo afectivo entre humanos y animales en el ámbito del derecho civil.

El caso ha sido liderado por la abogada Lola García, quien argumentó con éxito la aplicación de la analogía con la jurisprudencia existente sobre la pérdida de cadáveres humanos, una doctrina que ha sido aceptada por el tribunal en su resolución.

Los hechos del caso: un error con consecuencias emocionales

El demandante llevó a su perro, que había fallecido tras una larga enfermedad, a una clínica veterinaria para que se encargaran de la incineración individual y la posterior entrega de las cenizas. Sin embargo, la clínica perdió las cenizas y no pudo entregarlas, lo que generó una profunda angustia en el propietario, quien esperaba poder rendir homenaje a su mascota y conservar un recuerdo físico de ella.

Ante la falta de respuesta adecuada por parte del centro veterinario, el afectado decidió emprender acciones legales, reclamando una compensación por el daño emocional sufrido.

El argumento legal: la analogía con la pérdida de cadáveres humanos

Uno de los aspectos más innovadores de este caso es el argumento jurídico utilizado para fundamentar la reclamación de daño moral. La abogada del demandante sostuvo que la pérdida de las cenizas de una mascota debía considerarse de manera análoga a la desaparición de los restos mortales de una persona.

En España, existen precedentes judiciales en los que se ha reconocido el derecho a ser indemnizado por la pérdida de un cadáver humano, al considerar que dicha situación provoca un sufrimiento emocional grave para los familiares. Aplicando este mismo criterio, el tribunal aceptó que la pérdida de las cenizas de un animal de compañía puede generar un perjuicio moral indemnizable.

La sentencia: reconocimiento del daño moral y cuantificación de la indemnización

El tribunal falló a favor del demandante y condenó a la clínica veterinaria a abonar una indemnización por el daño moral ocasionado. Para determinar la cuantía, el juez tomó en cuenta factores como la relación del propietario con su mascota, la expectativa legítima de recibir sus cenizas y el sufrimiento derivado de la imposibilidad de despedirse de su animal de manera adecuada.

El importe concedido se basó en los criterios utilizados en casos de pérdida de cadáveres humanos, lo que marca un precedente para futuras reclamaciones en circunstancias similares.

Implicaciones jurídicas: un paso adelante en la protección de los lazos afectivos con los animales

Este caso representa un hito en la evolución del derecho y la protección de los sentimientos de quienes consideran a sus mascotas como parte de su familia. Aunque el ordenamiento jurídico aún no equipara a los animales con los seres humanos en términos de derechos, esta sentencia abre la puerta a un reconocimiento más amplio del daño moral en casos de negligencia veterinaria o funeraria.

En un contexto donde los animales de compañía son cada vez más valorados social y jurídicamente, esta resolución podría sentar las bases para nuevas reclamaciones por daños y perjuicios derivados de actuaciones negligentes que afecten la relación entre una persona y su mascota.

Conclusión

La sentencia que reconoce la indemnización por la pérdida de las cenizas de un animal de compañía no solo es pionera, sino que también refleja un cambio en la percepción del vínculo humano-animal dentro del derecho. Gracias a una argumentación innovadora basada en la analogía con la pérdida de cadáveres humanos, se ha conseguido un reconocimiento judicial del daño moral sufrido por el propietario.

Este fallo marca un antes y un después en la jurisprudencia sobre la protección del sentimiento de los dueños de mascotas y podría dar lugar a una evolución legislativa en favor de una mayor consideración de los animales en el ámbito legal.

Luis Ferrer. Abogado