Una reciente sentencia del Tribunal de Barcelona aclara que un informe gremial es suficiente para acreditar el daño por la paralización de la actividad
Por Luis Ferrer Abogado – www.luisferrer.abogado
Introducción
Cuando un taxista sufre un accidente de tráfico y su vehículo queda fuera de servicio, la pérdida de ingresos derivada de la imposibilidad de trabajar puede generar un importante lucro cesante.
En estos casos, surge una pregunta clave: ¿cómo se cuantifica el perjuicio económico sufrido?
Una reciente sentencia del Tribunal de Barcelona ha confirmado que un informe emitido por una asociación gremial de taxistas es suficiente para acreditar la pérdida de ingresos y reclamar una indemnización contra la aseguradora.
Este fallo facilita las reclamaciones por lucro cesante, al reconocer que no es necesario aportar registros contables individuales, sino que puede utilizarse un cálculo basado en datos estadísticos del sector.
1️⃣ ¿Qué es el lucro cesante y cómo se reclama?
El lucro cesante es el beneficio económico que una persona deja de percibir como consecuencia de un hecho dañoso.
✔️ En el caso de los taxistas, el lucro cesante se genera cuando un accidente de tráfico les impide prestar su servicio durante un período determinado.
✔️ Para reclamar una indemnización, es necesario demostrar el perjuicio sufrido y su cuantificación económica.
📌 Ejemplo: Si un taxi queda inmovilizado durante 30 días, el taxista tiene derecho a reclamar a la aseguradora la cantidad que habría ganado en ese período.
2️⃣ La importancia del informe gremial en la prueba del lucro cesante
En la sentencia del Tribunal de Barcelona, la aseguradora se negó a pagar la indemnización alegando que el taxista no había aportado registros contables propios que demostraran sus ingresos diarios.
Sin embargo, el tribunal consideró que un informe gremial con la media de ingresos de un taxista estándar en la ciudad era prueba suficiente para acreditar el lucro cesante.
✔️ Los datos gremiales reflejan la realidad económica del sector y permiten calcular los ingresos medios diarios.
✔️ No se puede exigir al taxista llevar registros contables como si fuera una empresa con contabilidad mercantil.
✔️ El hecho de no presentar facturas individuales no impide probar el perjuicio económico.
📌 Conclusión: Los informes gremiales son una prueba válida y suficiente para justificar el lucro cesante de un taxista en una reclamación contra la aseguradora.
3️⃣ ¿Cómo se calcula la indemnización por lucro cesante?
El cálculo del lucro cesante se realiza siguiendo tres pasos clave:
1️⃣ Determinación de los ingresos medios diarios del taxista.
- Se pueden utilizar registros personales o informes gremiales.
2️⃣ Multiplicación por los días de paralización del vehículo.
- Se debe acreditar el tiempo que el taxi estuvo fuera de servicio (por ejemplo, con informes del taller).
3️⃣ Aplicación de gastos deducibles (si corresponde).
- En algunos casos, pueden restarse costes fijos que el taxista no ha asumido durante la paralización.
📌 Ejemplo práctico:
✔️ Ingreso medio diario: 150 € (según informe gremial).
✔️ Días sin actividad: 30 días.
✔️ Indemnización total: 150 € × 30 días = 4.500 euros.
4️⃣ La negativa de las aseguradoras y la respuesta judicial
Las aseguradoras suelen oponerse a pagar indemnizaciones por lucro cesante, argumentando que:
❌ No se ha acreditado el perjuicio con facturas diarias.
❌ Los ingresos pueden variar según el conductor y la época del año.
❌ El taxista podría haber alquilado otro vehículo para seguir trabajando.
El Tribunal de Barcelona ha rechazado estos argumentos y ha establecido que:
✔️ No se puede exigir a un autónomo llevar una contabilidad mercantil como una empresa.
✔️ El informe gremial es una fuente fiable y objetiva de ingresos medios.
✔️ Si el taxi estuvo inmovilizado y el taxista no pudo trabajar, hay derecho a indemnización.
📌 Conclusión: Las aseguradoras deben aceptar el cálculo del lucro cesante basado en informes gremiales, sin exigir pruebas contables excesivas.
5️⃣ Consejos prácticos para taxistas en caso de siniestro
🔹 Solicitar siempre un informe gremial para justificar la media de ingresos diarios del sector.
🔹 Guardar documentación del siniestro y de la reparación del vehículo (facturas del taller, peritajes, etc.).
🔹 Si la aseguradora se niega a pagar, interponer una reclamación legal con el respaldo de un abogado especializado en accidentes de tráfico.
Conclusión
El lucro cesante de un taxista por un accidente de tráfico es perfectamente reclamable, y los informes gremiales son una prueba válida para calcular la indemnización.
El Tribunal de Barcelona ha dejado claro que las aseguradoras no pueden exigir documentación contable excesiva y que los cálculos basados en ingresos medios del sector son suficientes para probar el perjuicio económico.
Desde Luis Ferrer Abogado, recomendamos a todos los taxistas que, en caso de siniestro, reclamen su lucro cesante con informes gremiales y acudan a asesoramiento legal si la aseguradora se niega a pagar.
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