El tribunal considera probado que el beneficiario de 194.708 euros de ayuda pública para modernizar una planta de orujo usó los fondos para otros fines, incidiendo en un delito de fraude en subvenciones
Por Luis Ferrer Abogado – www.luisferrer.abogado
Introducción
La justificación de las subvenciones públicas no es un mero trámite administrativo, sino un deber legal esencial. Así lo ha recordado un tribunal al condenar a un empresario agrícola a tres años de prisión por fraude en subvenciones, al no poder justificar el uso correcto de 194.708,05 euros recibidos para la modernización de una planta extractora de orujo.
Aunque en un principio pudo existir voluntad de cumplir con el proyecto subvencionado, el tribunal considera que los fondos fueron desviados a fines distintos, lo que constituye un delito penal cuando supera ciertos umbrales económicos.
Hechos probados
- El empresario solicitó y obtuvo una subvención pública para modernizar su planta agrícola, dedicada al tratamiento de orujo.
- El proyecto fue aprobado bajo compromisos específicos de inversión y ejecución.
- Al requerirse la justificación final, no pudo acreditarse el destino correcto de los fondos.
- Parte del dinero fue utilizado para gastos ajenos al proyecto, sin documentación válida o fuera de plazo.
- La administración denunció el hecho, y el caso fue enjuiciado penalmente.
Fundamento jurídico: delito de fraude en subvenciones
El artículo 308 del Código Penal sanciona al que:
“Obtenga subvenciones públicas falseando las condiciones requeridas para su concesión, o las emplee en finalidad distinta a la prevista”.
En este caso:
- El dinero fue legalmente obtenido, pero su uso fue desviado del objeto aprobado.
- La conducta encaja en la segunda modalidad del tipo penal: uso indebido del dinero subvencionado.
- Al superar los 120.000 euros defraudados, el delito pasa a ser agravado, con penas de hasta seis años de prisión.
El tribunal impuso tres años de cárcel, inhabilitación y obligación de devolver la totalidad del importe mal justificado.
¿Se exige dolo?
Sí, pero no se requiere ánimo de lucro expreso. Basta con que el autor:
- Sea consciente del destino específico de la subvención.
- Omita voluntariamente su ejecución, o desvíe el dinero a otros fines.
- No justifique adecuadamente la inversión exigida.
En este caso, el tribunal considera que, aunque pudiera haber intención inicial de cumplir, el posterior incumplimiento y la ausencia de justificación fueron deliberados, y no debidos a causas fortuitas o errores técnicos.
Reflexión jurídica
Este caso refuerza varios principios clave:
- Las subvenciones públicas son ayudas finalistas, no ingresos libres.
- El control sobre el uso de fondos públicos está judicializado: incumplir puede ser delito, no solo una infracción administrativa.
- La responsabilidad penal no se limita a fraudes en la obtención, sino que alcanza también el mal uso posterior.
- Tener un proyecto legítimo no exime de responsabilidad si luego se incumple el objeto subvencionado.
Conclusión
La condena por desvío de subvenciones confirma que no basta con obtener legalmente una ayuda pública: es obligatorio acreditar, justificar y ejecutar exactamente los fines previstos, bajo pena de incurrir en responsabilidad penal.
En Luis Ferrer Abogado, asesoramos a empresas, autónomos y entidades que gestionan fondos públicos, y también defendemos a quienes enfrentan procedimientos por supuesta malversación o fraude en subvenciones.
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