09:00 - 20:30

Horario atención al público

691 36 66 73 - 968 20 83 45

Teléfonos de contacto

Lferrer@gestioneslegales.es

Respuesta en menos de 24h

Tres años de prisión por intentar matar a su vecino: conformidad penal y prohibición de volver al pueblo


Introducción

Un hombre ha aceptado una pena de tres años de prisión y la prohibición de regresar a su localidad durante cinco años tras intentar matar a un vecino en Arnedo con un arma blanca. La condena se impone tras alcanzarse una conformidad entre las partes, lo que ha permitido una reducción de la pena y ha evitado la celebración del juicio oral.


Hechos acreditados

  • El acusado mantenía desavenencias previas con la víctima, vecino de la misma localidad.
  • En el transcurso de un enfrentamiento, agredió con un arma blanca al perjudicado.
  • Las lesiones fueron de especial gravedad, poniendo en riesgo la vida de la víctima.
  • La rápida intervención sanitaria evitó un desenlace fatal.

Calificación jurídica y conformidad

Los hechos fueron calificados como delito de homicidio en grado de tentativa (arts. 138 y 16 del Código Penal), al apreciarse dolo de matar por el uso del arma blanca y la entidad del ataque.

La conformidad del acusado con la acusación permitió:

  • La reducción de la pena dentro de los márgenes legales.
  • La imposición de tres años de prisión.
  • La fijación de medidas accesorias, entre ellas la prohibición de regresar al pueblo durante cinco años, destinada a proteger a la víctima y evitar la reiteración del conflicto.

Medidas de alejamiento y protección

Además de la pena privativa de libertad, el acuerdo contempla medidas de alejamiento territorial, habituales en supuestos de violencia grave entre vecinos cuando existe un riesgo objetivo de reiteración. Estas medidas buscan:

  • Garantizar la seguridad y tranquilidad de la víctima.
  • Favorecer la paz social en entornos de convivencia reducidos.

Reflexión jurídica

Este caso ilustra la relevancia de la conformidad penal como mecanismo para:

  • Agilizar la respuesta judicial.
  • Evitar la revictimización derivada de un juicio.
  • Ajustar la pena cuando el acusado reconoce los hechos y asume su responsabilidad.

Asimismo, reafirma que el uso de arma blanca en conflictos vecinales sitúa la conducta en el ámbito de los delitos contra la vida, incluso cuando el resultado mortal no llega a producirse por causas ajenas a la voluntad del agresor.


Conclusión

La aceptación de tres años de prisión y la prohibición de volver a la localidad durante cinco años por un intento de homicidio en Arnedo evidencia la respuesta firme del Derecho Penal frente a la violencia grave, al tiempo que destaca la utilidad de los acuerdos de conformidad para una resolución eficaz y garantista del proceso.

En Luis Ferrer Abogado intervenimos en procedimientos penales por delitos graves, tanto en defensa como en acusación particular, con un enfoque técnico y orientado a la protección efectiva de las víctimas.

¿Te enfrentas a un proceso penal por un delito violento o necesitas asesoramiento como víctima?

Contáctanos en www.luisferrer.abogado