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Tres años de prisión por intentar matar a tiros a un hombre tras una discusión: condena por tentativa de homicidio y tenencia ilícita de armas La sentencia, alcanzada por conformidad, reconoce los hechos y aplica una pena reducida

Por Luis Ferrer Abogado – www.luisferrer.abogado

Introducción
Un hombre ha sido condenado a tres años de prisión por disparar hasta cuatro veces contra otro individuo con el que había mantenido una discusión previa en Alicante. La sentencia, dictada por conformidad entre las partes, le considera autor de un delito de homicidio en grado de tentativa y de un delito de tenencia ilícita de armas. El acuerdo entre la defensa y las acusaciones ha evitado la celebración de un juicio oral y ha permitido una rebaja sustancial de la pena, dentro del marco legal.

Este caso vuelve a poner sobre la mesa el riesgo del uso indebido de armas de fuego en entornos urbanos y la utilidad procesal de las conformidades en supuestos con prueba clara y confesión del acusado.

Los Hechos
Según el relato aceptado por todas las partes, el acusado mantuvo una acalorada discusión con la víctima en un entorno urbano. Momentos después, regresó al lugar armado con un arma de fuego no registrada y le disparó hasta cuatro veces, mientras profería amenazas como “te voy a poner a bailar”. Afortunadamente, la víctima no falleció, aunque los disparos generaron un grave riesgo para su vida y la de terceros.

El acusado fue detenido poco después, y durante la instrucción reconoció los hechos, lo que allanó el camino hacia una sentencia de conformidad.

Delitos y Pena Impuesta
El tribunal ha calificado los hechos como constitutivos de dos delitos:

  • Delito de homicidio en grado de tentativa (artículo 138.1 en relación con el 16 del Código Penal), dada la clara intención de acabar con la vida de la víctima, aunque sin consumación del resultado.
  • Delito de tenencia ilícita de armas (artículo 563 del Código Penal), al haber utilizado un arma no autorizada, sin licencia, en un contexto delictivo.

La pena total impuesta asciende a tres años de prisión, en atención a la confesión, la colaboración procesal y la aceptación de responsabilidad por parte del acusado, lo que ha motivado la aplicación de circunstancias atenuantes.

Valoración Jurídica y Social
La tentativa de homicidio es una figura penal especialmente relevante, ya que sanciona no solo el resultado, sino la voluntad de matar frustrada por circunstancias ajenas al autor. En este caso, la reiteración de los disparos y el contenido de las amenazas evidencian un dolo homicida claro, aunque no se produjera el fallecimiento.

Asimismo, la posesión y uso de armas sin licencia en un espacio público multiplica la gravedad del delito y activa el interés penal del Estado en prevenir situaciones de alto riesgo para la seguridad ciudadana.

Conclusión
La sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Alicante muestra cómo el sistema penal puede dar una respuesta rápida y proporcional en casos de especial gravedad cuando el acusado colabora con la justicia. Desde Luis Ferrer Abogado, recordamos que la violencia con armas de fuego tiene un reproche penal elevado, incluso en grado de tentativa, y que la conformidad procesal es una herramienta válida cuando se dan las garantías necesarias.

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