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UBS Bank tendrá que devolver 1,8 millones de euros a un cliente de Alicante estafado por el director de una sucursal


Introducción

Una reciente sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona ha condenado a UBS Bank a indemnizar con 1.831.467 euros a un cliente de Alicante que fue víctima de una estafa perpetrada por el director de una de sus sucursales. En este artículo analizamos los hechos, los fundamentos jurídicos de la condena y sus implicaciones para la práctica bancaria y la responsabilidad civil de las entidades financieras.


Hechos probados

  • Un cliente de Alicante, de larga relación con el director de una sucursal de UBS Bank, invirtió aproximadamente 1,8 millones de euros en un proyecto de planta de cogeneración que resultó ser ficticio.
  • El director de la sucursal, funcionario del banco, aprovechó su posición de confianza para asesorar al cliente, hacerle creer que la inversión estaba avalada y canalizar los importes desde las dependencias del banco.
  • La empresa receptora de la inversión, vinculada al director, actuó sin proyecto real ni retorno efectivo, con lo que el inversor sufrió el perjuicio económico completo.
  • La Audiencia consideró acreditado que las operaciones se realizaron como parte de un fraude orquestado por el director, y que el banco era responsable, en calidad de empleador, por su actuación en el entorno de la entidad.

Fundamentos jurídicos de la condena

1. Responsabilidad civil subsidiaria de la entidad financiera

El tribunal sostuvo que UBS Bank puede ser responsable civil subsidiaria al resultar que el autor actuaba dentro del ámbito de sus funciones y en el marco de la relación laboral. Es decir, la entidad se beneficia del prestigio del trabajador y debe responder ante terceros por su conducta, siempre que exista una vinculación suficiente.

2. Estafa mediante abuso de confianza / fraude

Los elementos del delito de estafa concurren cuando se produce engaño, disposición patrimonial por parte de la víctima y perjuicio económico. Aquí el director aprovechó su posición para inducir a error al cliente y lograr la entrega de fondos en condiciones contrarias al interés del inversor.

3. Imputación del banco por estructura de confianza

El tribunal valoró que el cliente depositó confianza en la marca del banco y en la posición del director. UBS, por tanto, no podía desligarse de la responsabilidad señalando únicamente al trabajador. Se exigió a la entidad el deber de vigilancia interno y control de su personal, que no fue suficiente en este caso.

4. Importancia de la prueba de cargo

La sentencia afirma que la prueba aportada —documentos internos, acreditación de vínculo profesional y responsabilidad del director— fue suficiente para excluir “duda razonable” sobre la autoría del fraude y la participación de la entidad como responsable subsidiaria.


Consecuencias legales

  • UBS Bank deberá abonar la cantidad fijada en la sentencia como indemnización al cliente, y en caso de no hacerlo, se enfrentará a ejecución forzosa.
  • El fallo refuerza el régimen de responsabilidad civil de las entidades financieras frente a conductas fraudulentas de su personal dentro del ámbito profesional.
  • Las entidades bancarias deben revisar su compliance, supervisión de empleados y mecanismos de control interno para evitar conductas similares que puedan derivar en responsabilidad civil o reputacional.

Reflexión jurídica

Este caso confirma varias ideas clave para el mundo del derecho bancario y de la responsabilidad civil:

  • Las entidades financieras no están exentas de responsabilidad por los actos de sus trabajadores cuando estos se integran en la función confiada por el cliente.
  • El abuso de la confianza —especialmente en inversiones asesoradas por personal bancario— exige especial vigilancia en los protocolos de información y diligencia debida.
  • La prueba de cargo debe demostrar no solo la conducta del trabajador, sino también su relación con la entidad y el aprovechamiento de la estructura de la empresa para el fraude.

Conclusión

La sentencia que obliga a UBS Bank a devolver 1,8 millones de euros a un cliente de Alicante es un claro mensaje a las entidades bancarias: el correcto control de la actuación del personal y la protección del cliente son fundamentales para evitar responsabilidades elevadas. En Luis Ferrer Abogado recomendamos tanto a clientes como a bancos contar con asesoría especializada cuando se trate de inversiones asesoradas o posibles fraudes.

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