Introducción
La instrucción de diligencias por parte de la sección de delitos de violencia contra la mujer del Juzgado de Oficio de Las Palmas refleja la progresiva consideración de la sustracción de menores sin consentimiento como modalidad de violencia vicaria. En el caso analizado, un hombre llevó a su hija cinco meses a Málaga sin el consentimiento de la madre, lo que ha motivado la apertura de una investigación penal bajo este marco jurídico.
Hechos probados
- Un progenitor se llevó a su hija menor de edad desde Las Palmas a la provincia de Málaga y permaneció allí con la menor durante cinco meses sin el consentimiento de la madre y sin comunicación formal o judicial que amparase el traslado.
- La madre denunció la actuación, y la Sección de Violencia sobre la Mujer del Juzgado consideró que concurrían indicios suficientes para investigar la conducta como violencia vicaria, al utilizarse a la menor como instrumento para dañar psicológicamente a la progenitora.
- El Juzgado declaró su competencia para instruir las diligencias, considerando que la conducta denunciada afecta a una modalidad de violencia de género, y no únicamente a un conflicto civil o de régimen de visitas.
Fundamentos jurídicos
- Concepto de violencia vicaria
La violencia vicaria se entiende como aquella violencia ejercida sobre personas especialmente vulnerables (menores, ascendientes, dependientes) con la finalidad de provocar un daño indirecto a la persona con la que mantiene una relación íntima o afectiva. Utilizar a una menor como instrumento para dañar a la madre encaja en dicho concepto. - Sustracción de menores y tipificación penal
La sustracción de menores sin consentimiento puede encuadrarse como delito de detención ilegal o desaparición forzosa, pero cuando concurre el elemento específico de violencia vicaria se eleva su gravedad y justifica la competencia de los órganos especializados en violencia de género. - Competencia del órgano judicial
Los tribunales de violencia sobre la mujer son competentes cuando la conducta delictiva tiene su origen en el contexto de violencia de género, incluyendo la violencia vicaria. La decisión del Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Las Palmas de asumir la instrucción obedece a que el uso del menor responde a dañar a la madre, vulnerando así un bien jurídico protegido. - Relevancia del factor subjetivo
No basta el traslado sin consentimiento: debe acreditarse que dicho acto se realizó con la finalidad de ejercer control o generar daño psicológico a la víctima adulta mediante perjuicio de la menor. La instrucción recabará indicios sobre esa finalidad para configurar la violencia vicaria.
Consecuencias legales
- La apertura de diligencias penales implica la aplicación de protocolos específicos para protección de víctimas de violencia de género, incluyendo asesoramiento y medidas cautelares para la madre.
- En la fase de prueba se valorará la declaración de la menor, el análisis de comunicaciones, registros de desplazamiento, y posibles manifestaciones de la menor sobre la motivación del progenitor.
- Este enfoque puede tener efectos prácticos en otros procesos de familia o civiles, al reforzar que los tribunales penales también pueden intervenir cuando el conflicto de custodia trasciende la esfera privada y adquiere carácter de violencia vicaria.
Reflexión jurídica
- Esta sentencia demuestra que la sustracción de menores ya no se analiza únicamente desde la perspectiva civil o de régimen de visitas, sino que puede revestir gravedad penal cuando se integra en un patrón de violencia contra la mujer.
- El reconocimiento de la violencia vicaria exige un cambio de enfoque, subrayando que la protección penal debe extenderse a las conductas indirectas que dañan a la progenitora a través del menor.
- Desde la perspectiva de la defensa y la víctima, es imprescindibles contar con asesoramiento especializado que considere tanto el ámbito penal como el de familia, pues las decisiones en un ámbito pueden incidir decisivamente en el otro.
Conclusión
La decisión del Juzgado de Las Palmas de investigar como violencia vicaria el traslado no consentido de la menor subraya la evolución de la jurisprudencia en materia de violencia de género. En Luis Ferrer Abogado estamos preparados para asesorar tanto a víctimas que buscan protección como a personas investigadas que requieren defensa especializada.
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