Un padre acude a los tribunales en defensa de su derecho a cuidar de su bebé y su abuela

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña obliga a Correos a conceder un cambio de horario para garantizar la conciliación familiar

Por Luis Ferrer Abogado – www.luisferrer.abogado

Introducción

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha dictado una sentencia en la que reconoce el derecho de un trabajador de Correos a cambiar su horario laboral con el fin de compatibilizar su empleo con el cuidado de su bebé y de su abuela dependiente.

El fallo refuerza la protección del derecho a la conciliación laboral y familiar, estableciendo que la empresa debe adaptar los turnos de sus empleados cuando acrediten la necesidad de atender a familiares dependientes, siempre que la modificación no cause un perjuicio grave para la organización del trabajo.


Los hechos del caso

🔹 El demandante, empleado de Correos, solicitó un cambio de turno para poder ocuparse del cuidado de su bebé y de su abuela en situación de dependencia.

🔹 La empresa denegó su petición, argumentando que la modificación horaria alteraría la organización del servicio.

🔹 Ante la negativa, el trabajador decidió acudir a los tribunales, alegando que la decisión de Correos vulneraba su derecho a la conciliación familiar y el principio de corresponsabilidad en el cuidado de menores y dependientes.

🔹 El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) dio la razón al trabajador, declarando que Correos debía ajustar su jornada para permitirle ejercer sus responsabilidades familiares sin que ello le supusiera un perjuicio laboral.


Fundamentos Jurídicos de la Sentencia

1️⃣ El derecho a la conciliación familiar y laboral

El artículo 34.8 del Estatuto de los Trabajadores reconoce el derecho de los empleados a solicitar adaptaciones de jornada para conciliar la vida laboral y familiar, siempre que no se cause un perjuicio grave a la empresa.

✔️ El TSJC establece que la negativa de Correos no estaba suficientemente justificada, ya que la empresa no demostró que el cambio horario supusiera un daño organizativo insalvable.
✔️ El derecho a la conciliación no solo protege a las madres, sino que también ampara a los padres en el ejercicio de su corresponsabilidad en los cuidados familiares.

📌 Conclusión: Las empresas deben facilitar ajustes razonables de jornada para permitir que los empleados puedan atender a sus hijos y familiares dependientes.


2️⃣ Protección reforzada para el cuidado de familiares dependientes

El tribunal también reconoce que el trabajador no solo debía atender a su bebé, sino también a su abuela dependiente, por lo que la solicitud de conciliación no podía ser desestimada sin un motivo justificado.

✔️ El cuidado de personas dependientes está protegido por la Ley de Dependencia (Ley 39/2006), que establece la corresponsabilidad familiar en estos casos.
✔️ La negativa de la empresa puede considerarse una vulneración del derecho a la igualdad, si no se acreditan razones objetivas para el rechazo.

📌 Conclusión: El TSJC refuerza la idea de que la conciliación no solo es un derecho vinculado a la crianza de los hijos, sino también a la atención de familiares en situación de dependencia.


3️⃣ La empresa debe justificar el rechazo a la conciliación

La sentencia deja claro que si una empresa se opone a una solicitud de adaptación horaria, debe aportar pruebas de que el cambio solicitado supone un perjuicio real para su organización.

✔️ Correos no acreditó que el ajuste de horario fuera inviable, lo que llevó al tribunal a considerar que la negativa era arbitraria.
✔️ El TSJC recuerda que la carga de la prueba recae en la empresa, que debe demostrar que la conciliación solicitada es incompatible con la actividad laboral.

📌 Conclusión: La negativa a un cambio de horario debe basarse en razones objetivas y no en criterios genéricos o discrecionales.


Consecuencias de la Sentencia

Correos deberá modificar el horario del trabajador para garantizar su derecho a la conciliación.
Se refuerza el principio de corresponsabilidad en el cuidado de hijos y familiares dependientes.
Las empresas tendrán que justificar de manera sólida cualquier negativa a adaptar horarios por razones familiares.
El fallo puede servir de precedente para otros trabajadores en situaciones similares.


Conclusión

La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña reafirma el derecho de los trabajadores a ajustar su jornada laboral para conciliar la vida familiar, obligando a las empresas a justificar cualquier negativa con pruebas concretas.

Este caso representa un avance en la protección de la corresponsabilidad parental y en el reconocimiento de que la conciliación no solo afecta a las madres, sino también a los padres y a quienes cuidan de familiares dependientes.

Desde Luis Ferrer Abogado, recomendamos a todos los trabajadores que necesiten adaptar su horario para atender a su familia que consulten con un abogado especializado para garantizar que su derecho a la conciliación sea respetado.

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