Una autoescuela despide dos veces a la misma empleada, y acaba condenada a pagarle 50.000 euros de indemnización

El juzgado declara la improcedencia de ambos despidos y condena a la empresa a indemnizar a la trabajadora por daños económicos y morales

Por Luis Ferrer Abogado – www.luisferrer.abogado

Introducción

Una autoescuela ha sido condenada por un juzgado de lo social tras haber despedido en dos ocasiones a la misma trabajadora, sin causa justificada ni observar las debidas garantías legales. El tribunal ha declarado la improcedencia de ambos despidos y ha impuesto a la empresa una indemnización de 50.000 euros, en concepto de daños económicos, morales y perjuicio profesional.

Este caso refleja con claridad cómo una conducta empresarial reincidente y contraria al ordenamiento laboral puede derivar en una condena económica severa, sobre todo cuando se vulneran de manera reiterada los derechos fundamentales de los trabajadores.


1️⃣ Los hechos: dos despidos sin causa y sin readmisión

🔹 La trabajadora prestaba servicios como profesora de formación vial desde hacía varios años.
🔹 Fue despedida por primera vez, alegando la empresa causas económicas, sin acreditar las mismas ni respetar los trámites del despido objetivo.
🔹 Tras ser readmitida tras una sentencia favorable, fue despedida nuevamente al poco tiempo, esta vez por supuestas causas disciplinarias.
🔹 Ninguno de los despidos fue precedido de expediente contradictorio ni de comunicación clara de los hechos, lo que invalida la legalidad de la medida extintiva.

📌 Conclusión: La empresa actuó de forma arbitraria, vulnerando el derecho al trabajo y a la tutela judicial efectiva de la empleada.


2️⃣ Fundamento jurídico de la condena

El juzgado ha declarado la improcedencia de los despidos conforme a los artículos 55 y 56 del Estatuto de los Trabajadores, por:

✔️ Ausencia de causa legal suficiente para extinguir la relación laboral.
✔️ Vulneración de los derechos fundamentales de la trabajadora (como la estabilidad en el empleo).
✔️ Reincidencia en la conducta ilícita, con el agravante de haber ignorado una resolución judicial previa.

📌 Además de la indemnización por despido, el tribunal ha reconocido:

  • Daños morales por el sufrimiento causado.
  • Pérdida de oportunidades profesionales.
  • Costes judiciales y perjuicio económico acumulado.

3️⃣ Importe de la indemnización: 50.000 euros

El juzgado ha fijado una indemnización total de 50.000 euros, distribuidos en:

🔹 30.000 euros por despido improcedente (conforme a la antigüedad y salario).
🔹 20.000 euros por daños morales, atendiendo a:

  • La reiteración del comportamiento empresarial.
  • El desprecio a las resoluciones judiciales.
  • El sufrimiento psicológico y personal de la trabajadora.

📌 Ejemplo: En casos de despido con vulneración de derechos fundamentales, la jurisprudencia permite una indemnización adicional a la puramente económica, como forma de reparación integral del daño.


4️⃣ ¿Qué debe hacer un trabajador ante una situación similar?

Desde el punto de vista jurídico, si un trabajador es despedido de forma injustificada o tras haber sido previamente readmitido:

✅ Debe impugnar el despido ante el Juzgado de lo Social en el plazo de 20 días hábiles.
✅ Puede solicitar tutela por vulneración de derechos fundamentales, si existen elementos agravantes.
✅ Tiene derecho a ser indemnizado o readmitido, y a que la empresa asuma las costas del proceso y los salarios de tramitación, en su caso.


Conclusión

Esta sentencia ejemplar pone de manifiesto que las empresas no pueden jugar con la estabilidad de sus empleados, y que los tribunales están dispuestos a proteger a los trabajadores frente a decisiones arbitrarias o represalias.

Desde Luis Ferrer Abogado, animamos a todos los trabajadores afectados por despidos injustificados a que defiendan sus derechos mediante las vías legales, ya que la justicia laboral garantiza la reparación del daño económico, moral y profesional sufrido.

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