Una empresa tendrá que indemnizar a dos extrabajadores con más de 37.000 euros por no abonarles una cláusula de no competencia alegando que se metió por error

ARTICULO DE OPINION

La reciente resolución judicial que obliga a una empresa a indemnizar a dos extrabajadores con más de 37.000 euros sienta un precedente relevante en cuanto al cumplimiento de las cláusulas de no competencia y la responsabilidad de las empresas en su respeto. Este caso analiza cómo los errores en la gestión contractual pueden tener consecuencias significativas y recalca la importancia de un manejo riguroso y preciso de los contratos laborales.

Contexto del Caso

En este caso, la empresa había pactado una cláusula de no competencia postcontractual con dos de sus trabajadores, estableciendo que estos se abstendrían de trabajar en empresas competidoras tras finalizar su relación laboral, a cambio de una compensación económica. Sin embargo, al finalizar el contrato, la empresa alegó que la inclusión de dicha cláusula había sido un «error administrativo» y se negó a abonar la indemnización pactada.

Ante la negativa de la empresa, los extrabajadores decidieron llevar el caso ante los tribunales. La decisión judicial resultante se inclinó a su favor, condenando a la empresa a pagarles la cantidad estipulada, una suma que supera los 37.000 euros.

Las Cláusulas de No Competencia y su Aplicación

La cláusula de no competencia es un acuerdo habitual en contratos de trabajo de ciertos sectores o niveles profesionales, diseñado para proteger a la empresa de la competencia desleal una vez que los empleados dejan de trabajar para ella. Este tipo de cláusulas, según la normativa laboral española, deben cumplir ciertos requisitos para ser válidas:

  1. Compensación Económica: La empresa debe ofrecer una compensación al trabajador por su compromiso de no trabajar en empresas de la competencia, dada la restricción que implica en su ámbito laboral.
  2. Limitación Temporal y Geográfica: La cláusula debe ser proporcional y limitada en el tiempo y, en algunos casos, también en la localización geográfica donde aplica.
  3. Transparencia y Aceptación: Este acuerdo debe ser aceptado de forma clara y explícita por ambas partes, sin lugar a interpretaciones ambiguas ni malentendidos.

En este caso, el tribunal consideró que la empresa incumplió su obligación al no abonar la compensación acordada y que la alegación de «error administrativo» no justificaba el incumplimiento. De acuerdo con el principio de pacta sunt servanda (los pactos deben cumplirse), se enfatizó que, una vez firmado el contrato, la empresa tenía la responsabilidad de cumplir los términos acordados.

Implicaciones Legales de la Decisión

La sentencia reafirma varios principios fundamentales en el derecho laboral y de obligaciones:

  • Firmeza de los Contratos: Los contratos laborales deben ser respetados tal y como se firman, salvo casos excepcionales de nulidad o acuerdo entre ambas partes. Las cláusulas de no competencia, en particular, implican una responsabilidad adicional debido a las limitaciones que imponen al trabajador.
  • Responsabilidad Empresarial: Esta resolución subraya que los errores administrativos o de gestión interna de la empresa no eximen del cumplimiento contractual, especialmente cuando afectan directamente a los derechos de los trabajadores. La empresa debe actuar diligentemente para evitar dichos errores y, en caso de que se produzcan, asumir la responsabilidad por ellos.
  • Protección al Trabajador: La legislación española protege los derechos económicos de los trabajadores en situaciones de abuso o incumplimiento empresarial. En este sentido, se refuerza la idea de que los empleados pueden recurrir a la justicia para hacer valer sus derechos ante cualquier incumplimiento de los términos acordados.

Conclusión

El fallo judicial no solo beneficia a los extrabajadores en cuestión, sino que también establece un ejemplo para otras empresas sobre la importancia de cumplir rigurosamente las cláusulas de sus contratos laborales. La negativa de una empresa a cumplir una cláusula de no competencia, bajo el argumento de un error, puede tener graves consecuencias legales y económicas, como muestra esta sentencia. En última instancia, este caso destaca la necesidad de actuar con transparencia y precisión en la elaboración y gestión de los contratos laborales, de modo que las empresas se ajusten a sus compromisos y eviten así repercusiones legales desfavorables.

Luis Ferrer. Abogado