ARTICULO DE OPINION
Introducción
En el ámbito de la contratación de personal para la Administración Pública, el principio de igualdad es un pilar fundamental. Garantiza que todos los aspirantes tengan las mismas oportunidades para competir por un puesto, sin discriminación por razones de sexo, raza, edad, religión u otros factores no relacionados con la capacidad y el mérito. Sin embargo, la valoración de la experiencia profesional plantea desafíos, especialmente cuando el candidato proviene de una entidad mercantil y no de otra Administración Pública. Este artículo analiza cómo se concilia este principio con la necesidad de reconocer experiencia relevante en el sector privado.
El principio de igualdad en el acceso a la Administración Pública
La Constitución Española, en su artículo 23.2, establece el derecho de todos los ciudadanos a acceder en condiciones de igualdad a los cargos y funciones públicas. Este principio se desarrolla en el artículo 55 del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), que establece que los procedimientos de selección deben respetar los principios de igualdad, mérito y capacidad.
La valoración de la experiencia profesional
En los procesos de selección, la experiencia es uno de los criterios más valorados. Según la normativa aplicable, se admite tanto la experiencia adquirida en el sector público como en el privado, siempre que esté directamente relacionada con las funciones del puesto a cubrir. Sin embargo, la práctica puede presentar sesgos que favorezcan la experiencia pública sobre la privada, generando potenciales conflictos con el principio de igualdad.
Experiencia en entidades mercantiles
El reconocimiento de la experiencia en una entidad mercantil plantea interrogantes sobre su equivalencia con la adquirida en organismos públicos. Para ello, la Administración debe justificar la relación directa entre las funciones desempeñadas en la entidad privada y las del puesto ofertado, asegurando que la evaluación no discrimine implícitamente a los candidatos del sector privado.
Jurisprudencia relevante
La jurisprudencia ha reafirmado la necesidad de que la valoración de méritos sea objetiva y transparente. Sentencias del Tribunal Supremo han subrayado que cualquier criterio que excluya o discrimine de manera indirecta la experiencia en el sector privado viola el principio de igualdad. En este sentido, la Administración está obligada a justificar los motivos por los cuales valora de manera diferente la experiencia adquirida en el sector privado.
Desafíos y soluciones prácticas
- Criterios de evaluación claros: La Administración debe establecer criterios de evaluación objetivos, explícitos y aplicables por igual a la experiencia del sector público y privado.
- Adaptación normativa: Incluir disposiciones específicas en las convocatorias que detallen cómo se equiparará la experiencia profesional en el sector privado al público.
- Formación de los evaluadores: Capacitar a los tribunales de selección para evitar sesgos y asegurar una valoración equitativa.
- Control judicial: Fomentar el uso del recurso contencioso-administrativo cuando un candidato perciba una vulneración del principio de igualdad en la valoración de méritos.
Conclusión
La valoración de la experiencia profesional en procesos de selección de la Administración Pública debe respetar el principio de igualdad, sin discriminar a quienes provienen del sector privado. Para ello, es fundamental establecer criterios de evaluación claros y transparentes, garantizar una formación adecuada de los evaluadores y recurrir a la jurisprudencia como guía. De este modo, se promueve un acceso justo a los cargos públicos, reflejando una verdadera igualdad de oportunidades.
Luis Ferrer. Abogado