El acusado reconoció los hechos y detalló cómo utilizaba su posición laboral para ejecutar la estafa
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⚖️ Introducción
Un Juzgado de lo Penal ha condenado a dos años de prisión a un técnico de atención al cliente de una empresa de telefonía por acceder sin autorización a los datos de clientes y duplicar sus tarjetas SIM, con el fin de obtener el control de sus líneas móviles y, a través de ellas, acceder a sus cuentas bancarias para cometer estafas digitales. El acusado admitió los hechos en el juicio y explicó con detalle el modus operandi, lo que ha permitido reducir su condena al aplicarse la atenuante de confesión.
📱 El modus operandi: duplicación de SIM y acceso a datos bancarios
La operativa delictiva consistía en duplicar tarjetas SIM sin el consentimiento del titular legítimo, aprovechando su acceso a los sistemas internos de la compañía telefónica. Una vez que el acusado obtenía el control sobre la línea móvil del cliente, interceptaba los mensajes SMS utilizados como doble factor de autenticación por entidades bancarias.
Con ello, el trabajador lograba acceder a las cuentas online de los perjudicados, realizar transferencias o contratar productos financieros a nombre de las víctimas. Este tipo de delito, conocido como «SIM swapping», constituye una de las prácticas de ciberfraude más graves y sofisticadas que se han detectado en los últimos años.
👨⚖️ Fundamento jurídico de la condena
El juzgado ha condenado al acusado como autor de:
- Un delito de descubrimiento y revelación de secretos, conforme al artículo 197 del Código Penal.
- Un delito continuado de estafa informática, conforme al artículo 248 y siguientes del Código Penal.
- Un delito de falsedad documental, al emplear datos personales suplantados para autorizar los duplicados.
El reconocimiento de los hechos y la colaboración del acusado en el esclarecimiento del procedimiento han permitido una pena reducida de dos años de prisión, si bien el tribunal impuso también la devolución de los importes obtenidos fraudulentamente y la inhabilitación para ejercer en puestos relacionados con la gestión de datos personales o financieros.
🔐 Reflexión jurídica: responsabilidad de las empresas
Aunque el autor del delito actuó por cuenta propia, la sentencia recuerda que las empresas deben implementar protocolos eficaces de control interno para evitar que sus empleados puedan acceder o modificar datos sensibles sin supervisión. De lo contrario, podrían incurrir en responsabilidad civil subsidiaria o ser objeto de sanciones administrativas por infracción de la normativa de protección de datos.
Además, los usuarios deben ser conscientes de que la seguridad bancaria no depende solo de contraseñas, y que el teléfono móvil es una pieza crítica en la seguridad digital. Por tanto, ante cualquier aviso de pérdida de cobertura o duplicado no solicitado, deben actuar con urgencia.
✅ Conclusión
La condena a este empleado de servicios de telefonía por fraude digital marca un precedente importante sobre el uso indebido de datos personales en el entorno profesional. La confianza del cliente no puede verse comprometida por quienes tienen acceso a sus datos más sensibles, y las penas deben ser proporcionales al daño causado por la vulneración de esa confianza.
En Luis Ferrer Abogado, trabajamos en defensa de los derechos de las víctimas de delitos informáticos, estafas bancarias y accesos ilegítimos a datos personales. Si has sido víctima de una suplantación digital o necesitas asesoramiento jurídico en materia de delitos tecnológicos, estamos para ayudarte.
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