Introducción
El Tribunal Superior de Justicia de La Rioja (TSJLR) ha confirmado la expulsión del territorio español de un ciudadano rumano con múltiples antecedentes penales. La Sala destaca que su conducta reiterada e incompatible con las normas básicas de convivencia justifica su salida del país, pese a que el afectado alegó su condición de padre de una menor residente en España.
La resolución es un ejemplo de cómo el Derecho de Extranjería pondera, en cada caso, el equilibrio entre la protección de la vida familiar y el interés general en preservar el orden público y la seguridad ciudadana.
Hechos relevantes
El ciudadano afectado, de nacionalidad rumana y con residencia en España, acumulaba un extenso historial delictivo, incluyendo delitos contra el patrimonio y el orden público. En el marco de un expediente sancionador en aplicación de la Ley de Extranjería, se dictó una orden de expulsión del territorio nacional, sustituyendo así la imposición de multas u otras sanciones.
En su defensa, el afectado alegó su condición de padre de una niña menor de edad nacida en España, solicitando que se valoraran sus vínculos familiares como causa para dejar sin efecto la expulsión.
Fundamentos jurídicos de la sentencia
1. Orden público y reiteración delictiva
El TSJLR subraya que el ciudadano había mostrado un “claro desprecio a las normas” y que su historial evidenciaba una conducta persistente que comprometía el orden público. En este contexto, el tribunal considera justificada la expulsión, incluso siendo ciudadano comunitario, conforme al artículo 15 de la Directiva 2004/38/CE y su trasposición al ordenamiento español.
2. Falta de acreditación de vida familiar efectiva
Aunque el afectado aportó su condición de padre de una menor, el tribunal considera que no acreditó una convivencia estable, ni un vínculo afectivo y efectivo real con la hija, ni participación activa en su cuidado o educación. Por tanto, no existía un “proyecto familiar consolidado” que pudiera oponerse válidamente al interés público en su expulsión.
3. Proporcionalidad de la medida
La Sala considera que la medida de expulsión es proporcional a la gravedad de la conducta del ciudadano, dado que el mantenimiento de su residencia supondría un riesgo para la convivencia y la seguridad de la comunidad. Se recuerda que la protección del interés familiar no es absoluta y puede ceder ante motivos graves de orden público.
Consecuencias legales
- El afectado deberá abandonar España conforme a la orden de expulsión dictada por la Delegación del Gobierno.
- Podrá ser objeto de prohibición de entrada por un periodo determinado.
- La sentencia refuerza el criterio de que la nacionalidad comunitaria no impide la expulsión si concurren antecedentes suficientemente graves.
- A nivel familiar, la resolución no impide al afectado mantener contacto con su hija por otros medios (comunicación, visitas desde el extranjero, etc.), pero no le habilita a permanecer en territorio nacional.
Reflexión jurídica
El caso refleja el principio de que el orden público prevalece frente a vínculos familiares cuando estos no son reales ni consolidados, o cuando el ciudadano extranjero ha mostrado una conducta reiteradamente antisocial. La Justicia exige más que una mera alegación de paternidad: se requiere prueba efectiva de integración familiar y afectiva.
Asimismo, la sentencia reafirma la posibilidad de expulsión de ciudadanos de la Unión Europea, medida que solo puede adoptarse en supuestos especialmente graves, pero que resulta válida si se cumplen los requisitos de motivación, proporcionalidad y protección de derechos fundamentales.
Conclusión
La expulsión de un ciudadano rumano con numerosos antecedentes ha sido confirmada por el TSJLR al considerar que su conducta pone en riesgo el interés general, y que no existen lazos familiares suficientes que justifiquen su permanencia en España. En Luis Ferrer Abogado ofrecemos asesoramiento integral en Derecho de Extranjería, tanto para evitar expulsiones como para garantizar el respeto a los derechos familiares.
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