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Nulo el cese arbitrario de una consejera designada por la minoría: el respeto al sistema de representación proporcional en los consejos de administración


Introducción

Una reciente resolución judicial ha declarado nulo por arbitrario el cese de una consejera del consejo de administración de una sociedad mercantil, al considerar que la decisión vulneró el derecho de representación proporcional de la minoría accionarial que la había designado. Esta sentencia refuerza las garantías legales de las minorías dentro del gobierno corporativo de las sociedades.


Los hechos

La consejera cesada había sido nombrada por la minoría social mediante el sistema de representación proporcional, previsto en el artículo 243 de la Ley de Sociedades de Capital. No obstante, la mayoría del órgano de administración, sin causa debidamente justificada ni motivación estatutaria, acordó su cese.

La afectada impugnó el acuerdo, alegando su arbitrariedad, falta de motivación y vulneración del derecho de la minoría a participar en el consejo de administración.


Fundamentos jurídicos

El tribunal ha declarado la nulidad del cese, basándose en los siguientes principios:

El sistema de representación proporcional protege el derecho de las minorías a designar consejeros en proporción a su participación social, evitando que la mayoría excluya su representación del órgano de administración.

El cese no puede ser arbitrario, y debe estar motivado, especialmente cuando afecta a consejeros designados por este sistema.

✅ La decisión impugnada no respetó los principios de buena fe, lealtad societaria ni funcionamiento equilibrado del consejo.

No existía causa estatutaria, legal o contractual que justificara la destitución.

En definitiva, el cese se interpretó como una maniobra de la mayoría para excluir a la minoría del control y dirección de la sociedad, lo cual infringe los derechos fundamentales de participación en la gestión.


Doctrina aplicable

El artículo 243 de la Ley de Sociedades de Capital establece que si el sistema de elección de consejeros se realiza mediante representación proporcional, las acciones de la minoría no pueden ser neutralizadas mediante ceses sin causa. Esta doctrina ha sido reiterada por el Tribunal Supremo, que considera que estos consejeros actúan como instrumento de representación de los socios minoritarios, y que su cese sin justificación es nulo por contrariar el equilibrio interno societario.


Conclusión

Esta sentencia pone de manifiesto la necesidad de respetar las reglas de juego del gobierno corporativo, en especial cuando están en juego los derechos de los socios minoritarios. El poder de la mayoría no puede ejercerse de forma abusiva o excluyente, y los ceses deben estar fundamentados en causas objetivas y legítimas.

Desde Luis Ferrer Abogado, defendemos los derechos de los socios minoritarios frente a abusos de la mayoría y asesoramos en la impugnación de acuerdos sociales, ceses irregulares y protección de derechos societarios.

Si formas parte de una sociedad y has sido cesado injustamente, o te preocupa la exclusión de tus derechos como socio, consúltanos en
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