Los procedimientos por violencia de género requieren una asistencia jurídica especialmente rápida y especializada, tanto cuando se necesita ejercer la defensa frente a una denuncia como cuando la víctima precisa asesoramiento y acusación particular.
Una denuncia puede dar lugar en pocas horas a una detención, comparecencia ante el Juzgado, adopción de medidas cautelares, solicitud de una orden de protección o inicio de un procedimiento penal.
Luis Ferrer, abogado penalista en Murcia, presta asistencia letrada en procedimientos relacionados con violencia de género, tanto en el ejercicio de la defensa penal como en la acusación particular, estudiando individualmente las circunstancias y pruebas existentes en cada caso.
¿Necesitas asistencia urgente por un procedimiento de violencia de género en Murcia? Contacta con el despacho para estudiar tu caso.
Abogado penalista · Ejercicio profesional desde 2004 · Despacho en Murcia
¿Qué se considera violencia de género?
La Ley Orgánica 1/2004, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, configura la violencia de género como aquella que, como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, se ejerce sobre estas por quienes sean o hayan sido sus cónyuges o por quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia.
Dentro del ámbito penal pueden aparecer diferentes conductas susceptibles de investigación, entre otras:
- Lesiones.
- Maltrato.
- Amenazas.
- Coacciones.
- Acoso.
- Delitos contra la libertad.
- Delitos contra la libertad sexual.
- Quebrantamiento de condena o de medida cautelar.
- Determinadas conductas realizadas mediante teléfonos móviles, redes sociales o medios digitales.
La calificación jurídica dependerá siempre de los hechos concretos y de las circunstancias concurrentes.
Me han denunciado por violencia de género en Murcia: ¿qué debo hacer?
Si has tenido conocimiento de una denuncia por violencia de género, has recibido una citación policial o judicial o has sido detenido, es recomendable obtener asistencia letrada inmediatamente.
La existencia de una denuncia no equivale a una condena.
Como en cualquier procedimiento penal, deben analizarse los hechos denunciados, las declaraciones de las partes y el conjunto de las pruebas existentes.
Resulta especialmente importante informar al abogado de todos los antecedentes de la relación y conservar aquellos elementos que puedan resultar relevantes para la defensa, entre ellos:
- Mensajes de WhatsApp.
- Correos electrónicos.
- Conversaciones y comunicaciones.
- Fotografías.
- Vídeos.
- Documentación.
- Partes médicos.
- Datos de posibles testigos.
- Llamadas y demás elementos cuya incorporación al procedimiento resulte legalmente posible.
No deben borrarse mensajes, conversaciones o documentos que puedan resultar relevantes para esclarecer los hechos.
Tampoco resulta aconsejable contactar con la denunciante para intentar solucionar personalmente la situación, especialmente cuando exista o pueda existir una prohibición judicial de comunicación o aproximación.
¿Me pueden detener tras una denuncia por violencia de género?
Sí, puede producirse una detención cuando concurran los presupuestos legales para ello, aunque la presentación de una denuncia no significa que necesariamente tenga que producirse una detención en todos los casos.
Cuando existe detención, el investigado tiene derecho, entre otros, a conocer los hechos que se le atribuyen y a recibir asistencia de abogado.
La intervención letrada desde las primeras actuaciones resulta especialmente relevante para conocer el contenido de la imputación y valorar adecuadamente el ejercicio del derecho de defensa.
Asistencia al detenido por violencia de género en Murcia
La asistencia letrada no comienza únicamente cuando se celebra el juicio.
La fase policial y las primeras actuaciones judiciales pueden resultar especialmente importantes.
El abogado debe conocer las circunstancias de los hechos, asesorar al detenido sobre sus derechos y, posteriormente, estudiar el contenido de las actuaciones a las que legalmente pueda acceder.
Tras las diligencias policiales, el detenido puede ser puesto a disposición judicial y practicarse las actuaciones correspondientes ante el órgano judicial competente.
Dependiendo del caso, en ese momento pueden debatirse también medidas cautelares que afecten de manera inmediata a la vida personal y familiar del investigado.
¿Qué ocurre después de una denuncia por violencia de género?
No existe una respuesta idéntica para todos los procedimientos.
Dependiendo de las circunstancias, pueden producirse actuaciones policiales, declaración judicial, práctica de diligencias de investigación y una comparecencia para decidir sobre posibles medidas cautelares.
Posteriormente, el procedimiento continuará por la vía procesal que corresponda.
En determinados supuestos puede tramitarse mediante las reglas previstas para los juicios rápidos, mientras que otros procedimientos necesitarán una instrucción más amplia.
Orden de protección y orden de alejamiento
Una de las cuestiones más relevantes en determinados procedimientos de violencia de género es la posible adopción de una orden de protección y de medidas cautelares de naturaleza penal.
Entre las medidas que pueden adoptarse se encuentran, dependiendo del supuesto concreto:
- Prohibición de aproximarse a determinadas personas.
- Prohibición de acudir a determinados lugares.
- Prohibición de comunicación por cualquier medio.
La decisión corresponde al órgano judicial atendiendo a las circunstancias concurrentes y a los presupuestos legalmente exigibles.
Estas medidas pueden tener consecuencias inmediatas sobre el domicilio, las comunicaciones entre las partes y la organización familiar.
Por ello, tanto quien solicita protección como quien se opone a la adopción de determinadas medidas necesita conocer exactamente su alcance.
¿Qué significa una prohibición de aproximación?
Cuando judicialmente se establece una prohibición de aproximación, la persona afectada debe respetar estrictamente la distancia y demás condiciones establecidas en la resolución.
No debe interpretarse libremente su contenido.
Es necesario conocer exactamente:
- Respecto de qué persona o personas se establece.
- Qué distancia debe mantenerse.
- Qué lugares están comprendidos.
- Durante cuánto tiempo se aplica.
- Qué otras prohibiciones acompañan a la medida.
El incumplimiento puede tener consecuencias penales propias.
Prohibición de comunicación: WhatsApp, llamadas y redes sociales
Una prohibición judicial de comunicación puede comprender distintas formas de contacto.
Cuando exista una resolución que prohíba comunicarse con otra persona, debe respetarse estrictamente en los términos establecidos judicialmente.
Intentar contactar mediante llamadas, WhatsApp, SMS, correo electrónico, redes sociales u otros medios puede tener consecuencias penales si supone incumplir la prohibición impuesta.
Por ello, ante cualquier duda sobre el alcance de la resolución judicial, debe consultarse antes de realizar cualquier actuación.
Quebrantamiento de una orden de alejamiento
El incumplimiento de una medida cautelar o de una pena de prohibición de aproximación o comunicación puede constituir un delito de quebrantamiento.
Se trata de un delito diferente de aquel que pudo originar inicialmente la medida.
Un error especialmente peligroso consiste en considerar que puede incumplirse la prohibición porque ambas personas hayan retomado voluntariamente el contacto.
La existencia de consentimiento o iniciativa de la persona protegida no permite al obligado decidir unilateralmente que una resolución judicial deja de cumplirse.
Mientras la medida o pena permanezca vigente, debe respetarse en sus propios términos.
Si las circunstancias han cambiado, deberá estudiarse jurídicamente qué actuaciones proceden ante el órgano judicial, pero no ignorar la resolución.
¿Qué pasa si ella quiere retirar la denuncia?
Esta es una de las preguntas más habituales en esta clase de procedimientos.
Retirar una denuncia no significa necesariamente que el procedimiento penal termine.
Una vez puestos determinados hechos en conocimiento de las autoridades, la continuación del procedimiento no depende exclusivamente de la voluntad posterior de la denunciante.
La respuesta dependerá de la naturaleza de los hechos investigados, de las pruebas existentes y de la situación procesal.
Por ello, no debe darse por supuesto que la manifestación posterior de no querer continuar producirá automáticamente el archivo de las actuaciones.
¿Puede la denunciante negarse a declarar?
Esta cuestión requiere analizar el caso concreto y la regulación procesal vigente.
La Ley de Enjuiciamiento Criminal contempla determinados supuestos de dispensa de la obligación de declarar por razón de parentesco o relación, pero su aplicación está sometida a requisitos y excepciones.
Por ello, no debe afirmarse automáticamente que toda denunciante puede acogerse a la dispensa ni tampoco que nunca puede hacerlo.
Es necesario examinar la relación existente, la condición procesal de la persona y las demás circunstancias del procedimiento.
¿Qué pruebas son importantes en un procedimiento de violencia de género?
La prueba dependerá de los hechos investigados.
Pueden resultar relevantes, entre otros elementos:
- Declaraciones de las personas implicadas.
- Testigos.
- Partes médicos.
- Informes periciales.
- Mensajes de WhatsApp.
- Correos electrónicos.
- Fotografías.
- Grabaciones legalmente utilizables.
- Vídeos.
- Llamadas.
- Comunicaciones a través de redes sociales.
- Informes policiales.
- Otros documentos relacionados con los hechos.
No existe una regla según la cual un determinado tipo de prueba decida automáticamente el procedimiento.
La valoración debe realizarse sobre el conjunto de la prueba practicada y conforme a las reglas del proceso penal.
La declaración de la víctima como prueba
En esta clase de procedimientos puede tener especial relevancia la declaración de la persona denunciante.
Ahora bien, su valoración debe realizarse judicialmente atendiendo a las circunstancias del caso y al conjunto del material probatorio.
No es correcto partir de la idea de que una denuncia determina automáticamente una condena, del mismo modo que tampoco puede afirmarse que la ausencia de determinadas pruebas documentales determine necesariamente una absolución.
La defensa debe estudiar la declaración, su contenido, las demás pruebas y todas las circunstancias relevantes del procedimiento.
Denuncias falsas y violencia de género
Una absolución o el archivo de un procedimiento no significa automáticamente que la denuncia haya sido falsa.
Para que exista responsabilidad penal por una acusación o denuncia falsa deben concurrir los requisitos exigidos por el Código Penal.
Por ello, debe evitarse confundir conceptos jurídicos distintos:
- denuncia;
- archivo;
- sobreseimiento;
- absolución;
- y denuncia falsa.
Cada uno tiene un significado jurídico diferente.
Defensa penal en procedimientos de violencia de género
La defensa penal debe comenzar por un análisis completo de las actuaciones y de las circunstancias que rodean los hechos.
Entre otras cuestiones, puede resultar necesario estudiar:
- La denuncia.
- Las declaraciones prestadas.
- Los antecedentes de la relación.
- La prueba documental.
- Los mensajes y comunicaciones.
- La existencia de testigos.
- Los informes médicos o periciales.
- Las medidas cautelares solicitadas.
- Las posibles contradicciones o elementos de corroboración.
- La calificación jurídica de los hechos.
- Las consecuencias penales y personales del procedimiento.
La estrategia debe adaptarse al caso concreto.
Acusación particular y asistencia jurídica a víctimas
El despacho también puede prestar asistencia jurídica a quien haya sido víctima de hechos susceptibles de constituir violencia de género.
La asistencia puede comprender, dependiendo del caso:
- Asesoramiento jurídico desde las primeras actuaciones.
- Personación en el procedimiento.
- Ejercicio de la acusación particular.
- Solicitud de diligencias de investigación.
- Intervención en las comparecencias correspondientes.
- Solicitud de medidas de protección cuando procedan.
- Reclamación de la responsabilidad civil derivada del delito.
- Intervención durante el juicio y posteriores actuaciones procesales.
La estrategia debe determinarse atendiendo a las necesidades de protección de la persona afectada y a las circunstancias concretas de los hechos.
Violencia de género y medidas relativas a los hijos
Cuando existen hijos menores, un procedimiento penal puede coincidir con cuestiones relacionadas con las relaciones familiares.
La existencia de diligencias penales y, especialmente, la adopción de determinadas medidas judiciales puede tener incidencia en las relaciones entre progenitores y menores.
Estas situaciones requieren analizar conjuntamente las resoluciones existentes y la normativa aplicable, evitando adoptar decisiones por iniciativa propia que puedan contravenir una resolución judicial.
Violencia de género y domicilio familiar
Una orden de protección u otras medidas judiciales pueden afectar al uso y acceso al domicilio.
Si existe una resolución que impide aproximarse a una persona o acudir a determinados lugares, debe cumplirse estrictamente aunque en el domicilio permanezcan objetos personales del investigado.
No debe acudirse al domicilio incumpliendo una resolución judicial con la finalidad de recoger efectos personales.
Cuando sea necesario recuperar pertenencias, deberá estudiarse el cauce adecuado para hacerlo sin vulnerar las medidas vigentes.
¿Cuánto dura una orden de alejamiento?
No existe una duración única aplicable a todas las órdenes de alejamiento.
Debe diferenciarse entre las medidas cautelares adoptadas durante la tramitación del procedimiento y las penas que puedan imponerse mediante sentencia.
La resolución judicial determinará su alcance y duración.
Por ello, siempre debe comprobarse el contenido exacto de la resolución y no actuar sobre la base de cálculos o interpretaciones personales.
¿Puedo volver a hablar con mi pareja si existe una orden de alejamiento?
Si existe una prohibición judicial de comunicación o aproximación vigente, debe respetarse mientras continúe en vigor.
No debe reanudarse el contacto por decisión particular de las partes ignorando la resolución judicial.
Esto es especialmente importante porque el incumplimiento puede originar un nuevo procedimiento penal por quebrantamiento.
Si las circunstancias han cambiado, debe obtenerse asesoramiento jurídico sobre las posibilidades legalmente existentes.
¿Puede archivarse una denuncia por violencia de género?
Sí, un procedimiento penal puede terminar mediante sobreseimiento cuando concurran los presupuestos legalmente establecidos.
Pero el archivo no es automático por la mera petición de una de las partes.
El órgano judicial deberá valorar las actuaciones y determinar si procede continuar la investigación, abrir juicio oral o acordar el correspondiente sobreseimiento.
¿Puede haber absolución?
Sí.
Como en cualquier procedimiento penal, la condena requiere prueba de cargo suficiente obtenida y practicada con las garantías legalmente exigibles.
La persona investigada o acusada mantiene su derecho fundamental a la presunción de inocencia.
El resultado dependerá de los hechos que finalmente se consideren acreditados, de las pruebas practicadas y de la valoración judicial correspondiente.
¿Por qué es importante actuar rápidamente?
Las primeras horas pueden ser especialmente relevantes en determinados procedimientos de violencia de género.
Puede ser necesario:
- Asistir a una declaración policial.
- Preparar una declaración judicial.
- Localizar documentación.
- Conservar comunicaciones.
- Identificar testigos.
- Analizar una solicitud de orden de protección.
- Comparecer para la adopción de medidas cautelares.
- Examinar las consecuencias personales y familiares de las medidas solicitadas.
Por ello, la rapidez debe consistir en obtener asesoramiento y preparar adecuadamente la actuación procesal, no en adoptar decisiones precipitadas.
Luis Ferrer, abogado penalista en Murcia
Luis Ferrer ejerce profesionalmente la abogacía desde 2004, desarrollando su actividad procesal y prestando asistencia jurídica en procedimientos penales.
Desde el despacho en Murcia se presta asistencia tanto en la defensa de personas investigadas o acusadas como en el ejercicio de la acusación particular, atendiendo a las circunstancias específicas de cada procedimiento.
En los procedimientos relacionados con violencia de género resulta especialmente importante conocer desde el inicio los hechos atribuidos, las pruebas disponibles, las medidas solicitadas y sus posibles consecuencias.

Luis Ferrer
Abogado penalista en Murcia
Ejercicio profesional desde 2004
C/ Doctor José Tapia Sanz, 2, Entresuelo
30001 Murcia
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Preguntas frecuentes sobre violencia de género
¿Una denuncia por violencia de género supone automáticamente una condena?
No. La denuncia inicia o pone en conocimiento unos hechos que deberán investigarse. Una condena penal requiere prueba suficiente y una resolución judicial dictada con las garantías del proceso.
¿Pueden detenerme después de una denuncia?
Puede producirse una detención cuando concurran los requisitos legales, pero no toda denuncia determina necesariamente una detención.
¿Pueden imponerme una orden de alejamiento?
El órgano judicial puede adoptar medidas cautelares de protección cuando concurran los presupuestos legalmente exigidos. Su procedencia debe valorarse atendiendo a las circunstancias del caso.
¿Puedo mandar un WhatsApp si tengo prohibición de comunicación?
Si la resolución judicial prohíbe la comunicación, debe respetarse en sus propios términos. El contacto mediante WhatsApp u otros medios puede constituir un incumplimiento de la prohibición.
¿Y si la otra persona es quien contacta conmigo?
La existencia de una iniciativa de contacto por parte de la persona protegida no debe interpretarse como autorización para incumplir una resolución judicial vigente. Debe solicitarse asesoramiento jurídico antes de responder o reanudar el contacto.
¿Se termina el procedimiento si se retira la denuncia?
No necesariamente. La continuación de un procedimiento penal no depende siempre de la voluntad posterior de la persona que formuló la denuncia.
¿Una absolución significa que la denuncia era falsa?
No. Una absolución y una denuncia falsa son conceptos jurídicamente diferentes. La responsabilidad por denuncia falsa exige sus propios requisitos.
¿Puedo aportar conversaciones de WhatsApp?
Las comunicaciones pueden resultar relevantes dependiendo de las circunstancias y de su obtención e incorporación legal al procedimiento. Es conveniente conservarlas y mostrarlas al abogado antes de decidir su aportación.
¿Puedo recoger mis cosas de casa si existe una orden de alejamiento?
No debe accederse a un lugar infringiendo una prohibición judicial. Si es necesario recuperar efectos personales, debe estudiarse previamente la forma jurídicamente adecuada de hacerlo.
¿Necesito abogado desde la comisaría?
La asistencia letrada durante las primeras actuaciones es especialmente relevante para conocer los derechos del detenido o investigado y afrontar adecuadamente las actuaciones posteriores.
Abogado de violencia de género en Murcia
Si has sido denunciado, detenido o citado por un procedimiento de violencia de género en Murcia, o necesitas asistencia jurídica como víctima y deseas ejercer la acusación particular, puedes contactar con el despacho para estudiar tu caso.
Cada procedimiento requiere un análisis individualizado de los hechos, las pruebas existentes y las medidas que puedan haberse solicitado o adoptado.
Luis Ferrer — Abogado penalista en Murcia
C/ Doctor José Tapia Sanz, 2, Entresuelo
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