La empresa no puede meter al trabajador en un grupo de WhatsApp sin su autorización
El teléfono móvil es un dato personal protegido por el RGPD y su inclusión en canales de comunicación como WhatsApp exige consentimiento expreso o base legítima de tratamiento Por Luis Ferrer Abogado – www.luisferrer.abogado Introducción En el entorno laboral actual, el uso de aplicaciones de mensajería instantánea como WhatsApp se ha convertido en una práctica
La empresa no puede meter al trabajador en un grupo de WhatsApp sin su autorización Leer más »