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Condenada la propietaria de una casa rural por el incendio provocado por una lámpara decorativa que causó seis muertos

ACTUALIDAD JUDICIAL

La propietaria del alojamiento turístico tenía la luminaria al ras del suelo y en una zona accesible

La Audiencia Provincial de Burgos ha desestimado el recurso de una propietaria de una casa rural, donde murieron seis personas a causa de un incendio. La ha declarado responsable de los daños causados, por dejar una lámpara decorativa a ras del suelo, sin anticiparse a que pudiese ocurrir un accidente. 

La Justicia confirma así la condena a la propietaria del negocio, que tendrá que abonar cantidades que varían entre los 42.000 y los 126.000 euros, para cada uno de los familiares de los fallecidos. 

Hechos

Según los hechos relatados, una familia había alquilado el alojamiento rural turístico. Durante su estancia, se originó un incendio causado por un foco halógeno ornamental que se encontraba al ras del suelo y cubierto por un cojín de la vivienda.

Los perjudicados exigen una indemnización por los daños y prejuicios ocasionados por el incendio. Por una parte, por las lesiones que sufriendo debido a ese incidente, y por otro lado, por la muerte de los seis familiares. 

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Lerma declaró la responsabilidad extracontractual de la propietaria del alojamiento, criterio que confirma ahora la Audiencia Provincial de Burgos. 

La sentencia señala que las pruebas practicadas han confirmado que el incendio fue provocado en la zona del hueco de la escalera de madera ubicada en el salón, como consecuencia del foco de iluminación, anclado a la pared pero al ras del suelo. Este elemento, que puede alcanzar los 200ºC, estaba tapado por un cojín, obstruyendo de esta forma el calor que despende y finalmente, provocando un incendio. 

La Sala focaliza la cuestión en la ubicación del foco, que se encontraba a cinco centímetros del suelo, hecho que aumenta las posibilidades de que se deposite algún objeto encima, como ocurrió.

De acuerdo al fallo, la propietaria debió prever la peligrosidad de ese foco y la posibilidad de incendiarse. El tribunal sostiene que la acción de tirar un cojín no es peligrosa, sino la ubicación de la luminaria. 

Condiciones de seguridad

Por todo ello, la Sala señala que la vivienda rural que se alquila de manera puntual y temporal debe cumplir una serie de condiciones de seguridad. Asimismo, sería aconsejable indicar las ubicaciones de ciertos objetos para que los arrendatarios tengan constancia de ello.

En definitiva, como el alquiler de un alojamiento turístico exige que se rija por unos requisitos de seguridad, el tribunal ha calificado la acción de la propietaria de manera negligente por la ubicación inapropiada de un objeto, que, siendo accesible por todo el mundo, posibilita que caiga un objeto encima y provoque un incendio. 

Fuente de la noticia: «www.noticias.juridicas.com»