La Audiencia Provincial de Ourense ordena trasladar unos perros a otro lugar tras acreditarse ladridos constantes y graves problemas de salubridad
Por Luis Ferrer Abogado – www.luisferrer.abogado
Introducción
Las mascotas forman parte de la vida cotidiana de millones de familias y, desde la reforma del Código Civil, son reconocidas jurídicamente como seres vivos dotados de sensibilidad. Sin embargo, el derecho a tener animales de compañía no es ilimitado y debe ejercerse respetando los derechos del resto de vecinos.
Una reciente sentencia de la Audiencia Provincial de Ourense ha puesto de manifiesto hasta dónde pueden llegar las consecuencias jurídicas cuando la tenencia de animales genera graves problemas de convivencia en una comunidad de propietarios.
La resolución obliga a unos propietarios a retirar sus perros de la vivienda y trasladarlos a otro lugar después de acreditarse que los animales ladraban de forma constante y provocaban importantes problemas de olores que afectaban al resto de residentes del inmueble.
Los hechos
El conflicto surgió en una comunidad de propietarios donde varios vecinos venían denunciando desde hacía tiempo las molestias ocasionadas por unos perros alojados en una vivienda.
Según quedó acreditado durante el procedimiento:
- los ladridos eran continuos y reiterados;
- las molestias se prolongaban durante largos periodos de tiempo;
- existían fuertes olores procedentes del inmueble;
- y la situación afectaba de forma significativa al descanso y bienestar de otros propietarios.
Las quejas vecinales fueron constantes y terminaron desembocando en un procedimiento judicial.
La cuestión jurídica
La controversia planteaba una pregunta cada vez más frecuente en las comunidades de propietarios:
¿Puede una persona ser obligada a retirar a sus mascotas de su vivienda?
¿O el derecho a tener animales prevalece sobre las molestias que puedan sufrir los vecinos?
La Audiencia Provincial respondió que la tenencia de animales debe ser compatible con la convivencia y que, cuando las molestias alcanzan una determinada intensidad, los tribunales pueden adoptar medidas muy severas.
El derecho a tener mascotas no es absoluto
La legislación protege la tenencia responsable de animales de compañía.
No obstante, ese derecho encuentra límites cuando su ejercicio:
- perjudica a terceros;
- altera gravemente la convivencia;
- genera problemas de salubridad;
- o impide el normal disfrute de las viviendas vecinas.
La propiedad privada y la posesión de animales deben ejercerse respetando los derechos de los demás miembros de la comunidad.
La Ley de Propiedad Horizontal
La sentencia encuentra apoyo en los principios recogidos en la Ley de Propiedad Horizontal.
Esta normativa establece que ningún propietario puede desarrollar actividades que resulten:
- molestas;
- insalubres;
- nocivas;
- peligrosas;
- o ilícitas.
Aunque tener perros no constituye por sí mismo una actividad prohibida, sí puede convertirse en una actividad molesta cuando las circunstancias concretas generan una perturbación continuada y relevante para el resto de vecinos.
Los ladridos como fuente de conflicto
Los ruidos provocados por animales son una de las causas más habituales de litigio en comunidades de propietarios.
Sin embargo, los tribunales no sancionan cualquier ladrido ocasional.
Para que exista responsabilidad suele ser necesario acreditar:
- reiteración;
- intensidad;
- persistencia en el tiempo;
- y una afectación real a la convivencia.
En este caso, la prueba practicada permitió demostrar que las molestias superaban ampliamente lo que puede considerarse tolerable en una comunidad residencial.
La importancia de los problemas de salubridad
La resolución no se fundamenta únicamente en el ruido.
La Audiencia también tuvo en cuenta la existencia de fuertes olores procedentes de la vivienda.
La acumulación de suciedad o la falta de condiciones adecuadas para el mantenimiento de los animales puede generar:
- molestias permanentes;
- riesgos sanitarios;
- y una degradación de las condiciones de habitabilidad para el resto de residentes.
Una medida excepcional: retirar a los animales
Uno de los aspectos más llamativos de la sentencia es la medida acordada.
El tribunal no se limita a ordenar el cese de las molestias.
La resolución declara la privación del derecho de uso del inmueble como alojamiento de los perros, obligando a sus propietarios a trasladar a los animales a otro lugar.
Se trata de una medida excepcional que solo suele adoptarse cuando las molestias son especialmente graves y persistentes.
Importancia para las comunidades de propietarios
La sentencia envía un mensaje claro a propietarios y comunidades:
- las mascotas son compatibles con la convivencia vecinal;
- pero sus propietarios deben adoptar las medidas necesarias para evitar molestias;
- y la pasividad frente a problemas reiterados puede acabar teniendo importantes consecuencias jurídicas.
Reflexión jurídica
De esta resolución pueden extraerse varias conclusiones importantes:
- El derecho a tener animales de compañía no es ilimitado.
- Los propietarios deben garantizar que sus mascotas no perturben la convivencia.
- Los ladridos constantes y los problemas de salubridad pueden justificar la intervención judicial.
- Las comunidades de propietarios disponen de mecanismos legales para actuar frente a actividades molestas.
- En supuestos graves, los tribunales pueden ordenar la retirada de los animales del inmueble.
Conclusión
La sentencia de la Audiencia Provincial de Ourense demuestra que la convivencia vecinal exige equilibrio entre los derechos individuales y el respeto a los demás propietarios.
Tener mascotas es perfectamente legítimo, pero implica asumir responsabilidades. Cuando la falta de control provoca molestias continuadas, ruidos persistentes y problemas de salubridad, los tribunales pueden adoptar medidas tan contundentes como obligar a trasladar a los animales fuera de la vivienda.
La resolución recuerda que la protección de los animales y el derecho a tenerlos deben coexistir con el derecho de los vecinos a disfrutar de un entorno tranquilo, saludable y libre de molestias injustificadas.
Si necesita asesoramiento sobre comunidades de propietarios, actividades molestas, conflictos vecinales o procedimientos de cesación, puede contactar con Luis Ferrer Abogado en: