La Sala de lo Social, reunida en Pleno, reconoce que el trabajador puede exigir una compensación por los daños y perjuicios derivados del uso abusivo de contratos temporales
Por Luis Ferrer Abogado – www.luisferrer.abogado
Introducción
La utilización abusiva de contratos temporales en las Administraciones Públicas ha sido uno de los asuntos laborales más controvertidos de los últimos años. Miles de empleados públicos han permanecido durante largos periodos ocupando plazas estructurales mediante nombramientos o contratos temporales sucesivos, una situación que ha dado lugar a numerosas reclamaciones judiciales tanto en España como ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
Precisamente uno de esos procedimientos ha dado lugar a una nueva e importante sentencia del Tribunal Supremo. La Sala de lo Social, reunida en Pleno, ha reconocido el derecho de la trabajadora cuyo caso fue analizado por el TJUE a reclamar una indemnización por los daños y perjuicios sufridos como consecuencia del abuso en la contratación temporal.
La resolución supone un nuevo paso en la protección de los trabajadores temporales del sector público y confirma la influencia decisiva que el Derecho de la Unión Europea continúa ejerciendo sobre la jurisprudencia española en materia de empleo público.
Los hechos
La trabajadora había prestado servicios para una Administración Pública mediante una sucesión de contratos o nombramientos temporales durante un largo periodo de tiempo.
Considerando que esa utilización continuada de la temporalidad vulneraba la normativa europea, decidió acudir a los tribunales.
La controversia alcanzó incluso al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que se pronunció sobre la obligación de los Estados miembros de establecer medidas efectivas para sancionar el abuso en la contratación temporal.
Tras ese pronunciamiento europeo, el asunto regresó a los tribunales españoles.
Ahora, el Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en Pleno en la que reconoce que la trabajadora tiene derecho a reclamar una indemnización por los perjuicios ocasionados por ese uso abusivo de la contratación temporal.
El abuso de la temporalidad en el empleo público
El problema de la temporalidad en las Administraciones Públicas no es nuevo.
Durante décadas, numerosas plazas de carácter permanente han sido ocupadas mediante contratos temporales o nombramientos de duración limitada que se prolongaban durante años.
Esta práctica ha generado situaciones de enorme inseguridad jurídica para miles de trabajadores que desempeñaban funciones estructurales sin acceder a una relación laboral estable.
Precisamente para evitar estos abusos, la Unión Europea aprobó la Directiva 1999/70/CE, que incorpora el Acuerdo Marco sobre el trabajo de duración determinada.
Su finalidad es impedir que la contratación temporal se utilice de forma abusiva para cubrir necesidades permanentes.
La importancia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea
El TJUE ha recordado en numerosas ocasiones que los Estados miembros están obligados a adoptar medidas eficaces para prevenir y sancionar el abuso de la contratación temporal.
No basta con reconocer que ha existido un abuso.
Es necesario que el ordenamiento jurídico ofrezca una respuesta efectiva, proporcionada y disuasoria frente a estas prácticas.
Precisamente sobre esa exigencia gira buena parte de la doctrina que ha venido desarrollándose en los últimos años.
La indemnización como medida reparadora
Uno de los aspectos más relevantes de la sentencia del Tribunal Supremo es el reconocimiento del derecho de la trabajadora a reclamar una indemnización por los daños y perjuicios sufridos.
La Sala entiende que, cuando se acredita un uso abusivo de la contratación temporal, el trabajador puede reclamar la reparación de los perjuicios efectivamente ocasionados.
No se trata de una indemnización automática.
Será necesario acreditar:
- la existencia del abuso;
- los daños efectivamente sufridos;
- y la relación entre ambos.
Corresponderá a los tribunales valorar en cada procedimiento la concurrencia de estos requisitos.
¿Qué daños pueden reclamarse?
La sentencia no establece una cantidad fija ni una indemnización uniforme para todos los trabajadores afectados.
La compensación dependerá de las circunstancias concretas de cada caso.
Entre los perjuicios que podrían ser objeto de reclamación pueden encontrarse:
- la incertidumbre laboral prolongada;
- la pérdida de oportunidades profesionales;
- la falta de estabilidad en el empleo;
- o cualquier otro daño patrimonial o moral directamente derivado del abuso acreditado.
Será el trabajador quien deba justificar la existencia de esos perjuicios durante el procedimiento judicial.
Una sentencia del Pleno con especial relevancia
La resolución presenta una importancia adicional porque ha sido dictada por el Pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo.
Las sentencias adoptadas por el Pleno suelen fijar criterios de especial trascendencia y contribuyen a unificar la interpretación de la normativa aplicable.
Ello otorga una especial fuerza a la doctrina establecida y servirá previsiblemente de referencia para futuros procedimientos similares.
¿Supone la conversión automática en fijo?
La respuesta es no.
La sentencia no reconoce automáticamente la condición de trabajador fijo por el mero hecho de haber existido abuso en la contratación temporal.
Lo que admite es la posibilidad de reclamar una indemnización por los daños sufridos.
La cuestión relativa al acceso a la condición de personal fijo continúa estando sometida a los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad cuando se trata del empleo público.
Por ello, la respuesta frente al abuso puede consistir en medidas distintas de la conversión automática en fijo.
Un nuevo escenario para los empleados públicos
La resolución puede tener una notable repercusión para miles de trabajadores temporales del sector público.
Aquellos empleados que hayan sufrido una utilización abusiva de contratos temporales durante largos periodos podrán valorar, con el correspondiente asesoramiento jurídico, la posibilidad de reclamar una compensación económica cuando concurran los requisitos establecidos por la jurisprudencia.
No obstante, cada caso deberá analizarse individualmente, ya que la existencia del abuso y la cuantificación de los daños dependerán de las circunstancias concretas de cada relación laboral.
Reflexión jurídica
De esta importante sentencia pueden extraerse varias conclusiones:
- El Tribunal Supremo reconoce el derecho a reclamar una indemnización por los daños derivados del abuso de la contratación temporal.
- La resolución aplica la doctrina elaborada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre la protección frente al uso abusivo de contratos temporales.
- La indemnización no es automática: será necesario acreditar tanto el abuso como los perjuicios sufridos.
- La sentencia no implica la conversión automática del trabajador temporal en personal fijo.
- La doctrina fijada por el Pleno de la Sala de lo Social tendrá una importante influencia en futuros litigios sobre temporalidad en el empleo público.
Conclusión
La sentencia del Tribunal Supremo constituye un nuevo hito en la evolución de la protección jurídica frente al abuso de la contratación temporal en las Administraciones Públicas.
Siguiendo la doctrina marcada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, el Alto Tribunal reconoce que quienes hayan sufrido un uso abusivo de la temporalidad pueden reclamar una indemnización por los daños y perjuicios ocasionados, siempre que estos sean debidamente acreditados.
La resolución no establece una compensación automática ni convierte en fijos a los trabajadores afectados, pero sí refuerza el derecho a obtener una reparación efectiva cuando la Administración ha utilizado de forma indebida la contratación temporal para cubrir necesidades permanentes.
Se trata de una sentencia de enorme relevancia para miles de empleados públicos temporales y que previsiblemente marcará el futuro de numerosas reclamaciones en esta materia.
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