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Incapacidad temporal y despido: trabajar durante la baja no siempre lo justifica

Declarado improcedente el despido de un conductor de autobús que realizó tareas en el bar de su pareja al no perjudicar su patología psíquica

Por Luis Ferrer Abogado – www.luisferrer.abogado


Introducción

¿Puede un trabajador ser despedido por realizar actividades durante una baja médica? La respuesta, como demuestra una reciente sentencia, no es automática.

La justicia ha declarado improcedente el despido de un conductor de autobús que, estando en situación de incapacidad temporal por una patología psíquica, realizó algunos trabajos en el bar de su pareja.

La clave: las actividades no eran incompatibles con su proceso de recuperación.


Hechos del caso

Según los hechos analizados:

  • El trabajador se encontraba en situación de incapacidad temporal.
  • Durante ese periodo, fue visto realizando tareas en el bar de su pareja.
  • La empresa consideró que dicha conducta suponía una transgresión de la buena fe contractual y procedió a su despido disciplinario.

Sin embargo, el trabajador impugnó la decisión.


La cuestión jurídica

El núcleo del conflicto reside en determinar si:

👉 realizar actividades durante una baja médica justifica el despido disciplinario

Para ello, los tribunales analizan dos aspectos fundamentales:

  • Si la actividad perjudica o retrasa la recuperación.
  • Si existe una simulación o fraude en la situación de incapacidad.

El criterio del tribunal

El órgano judicial concluye que el despido es improcedente, al no concurrir los elementos necesarios para justificar una sanción tan grave.

En particular, destaca que:

  • La baja médica estaba motivada por una patología de carácter psíquico.
  • Las tareas realizadas en el bar no eran incompatibles con dicha dolencia.
  • No se acreditó que el trabajador estuviera simulando la enfermedad ni que actuara con mala fe.

Actividad durante la baja: cuándo es sancionable

La jurisprudencia es clara: no toda actividad durante una incapacidad temporal es ilícita.

Será sancionable cuando:

  • Perjudique la recuperación del trabajador.
  • Evidencie una capacidad laboral incompatible con la baja.
  • Suponga una actividad laboral encubierta o competencia desleal.

En cambio, pueden ser compatibles:

  • actividades leves o esporádicas,
  • conductas que no interfieran en el tratamiento,
  • o actuaciones que incluso puedan favorecer la recuperación.

Consecuencias jurídicas

Al declararse el despido improcedente, la empresa debe:

  • readmitir al trabajador, o
  • abonarle la indemnización correspondiente.

Este tipo de resoluciones refuerzan la idea de que el despido disciplinario debe ser siempre:

  • proporcional,
  • justificado,
  • y basado en pruebas claras.

Reflexión jurídica

Este caso pone de relieve un principio esencial del Derecho laboral:

👉 la incapacidad temporal no implica una prohibición absoluta de actividad

Lo relevante no es la actividad en sí, sino su:

  • impacto en la salud del trabajador,
  • y su coherencia con la situación médica.

Además, se evita una interpretación excesivamente rígida que podría perjudicar procesos de recuperación, especialmente en patologías psicológicas.


Conclusión

La sentencia recuerda que no todo lo que parece incompatible con una baja lo es jurídicamente.

Antes de sancionar o despedir, la empresa debe acreditar que la conducta del trabajador:

  • vulnera la buena fe,
  • o perjudica su recuperación.

De lo contrario, el despido será improcedente.


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